Ficha Asunto
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Asunto: 13446
Origen: Cámara Representantes -
Araújo Abimorad, Fernando; Argimón, Beatriz; Arrarte Fernández, Roberto; Berois Quinteros, Ricardo; Borsari Brenna, Gustavo; Cardozo Ferreira, Julio; Chápper, Jorge; Da Silva, Sebastián; Gallinal, Francisco; González Alvarez, Carlos; Heber Füllgraff, Arturo; Lacalle Pou, Luis Alberto; Lara Gilene, Julio C.; Leglise, Luis M.; Ortiz, Francisco; Penadés, Gustavo; Perdomo Gamarra, Alberto; Rivero Saralegui, María Alejandra; Rodríguez, Ambrosio; Silveira, Julio C.; Trobo, Jaime Mario; Vidalín, Carmelo
Análisis: Declárase que los Juzgados Letrados en el Trabajo, y sin perjuicio de la normativa a aplicar en cada uno, son competentes para conocer en todo proceso en que se haya deducido una pretensión contra el Estado o cualquier persona jurídica de derecho público, que derive, directa o indirectamente, de una relación laboral estatutaria o contractual.
Los Tribunales mencionados en el inciso anterior, también serán competentes en aquéllos casos en que el demandante invoque una relación laboral con alguna de las personas jurídicas indicadas precedentemente, aún cuando las mismas no se reflejen en la formalidad contractual.
En las jurisdicciones en que no exista una justicia especializada en lo laboral, regirá lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley Nº 15.750, de 24 de junio de 1982 (Orgánica de la Judicatura)
Título: JUZGADOS LETRADOS PRIMERA INSTANCIA TRABAJO. PROCESOS LABORALES CONTRA ESTADO. COMPETENCIA.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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08-03-2000 | CRR | 48/2000 | JUZGADOS LETRADOS PRIMERA INSTANCIA TRABAJO. PROCESOS LABORALES CONTRA ESTADO. COMPETENCIA. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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LEGISLACIÓN DEL TRABAJO | CRR | 48/2000 |
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