Ficha Asunto
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Asunto: 165572
Origen: Cámara Senadores -
Análisis: Artículo 1. Modifíquese el artículo 23 de la Ley 16.226 de 29 de octubre de 1991, por el siguiente: Artículo 23. "Las unidades ejecutoras de los Incisos 02 al 14 no podrán conceder a los funcionarios que viajen al exterior ningún adelanto de fondos para atender los viáticos que correspondan, hasta tanto no esté aprobada la respectiva resolución del Poder Ejecutivo que autorice la misión al exterior.
Título: ARTÍCULO 23 DE LA LEY N.º 16.226. MODIFICACIÓN.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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20-03-2025 | CSS | 169/2025 | ARTÍCULO 23 DE LA LEY N.º 16.226. MODIFICACIÓN. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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DEFENSA NACIONAL | CSS | 169/2025 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
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26-03-2025 | CSS | Extraordinaria . Sesión:7 | Diario Nro.8 |