Ficha Asunto
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Asunto: 166240
Origen: Cámara Senadores -
Heber, Luis Alberto
Análisis: Artículo único - Agrégase a Ley Nº 19.293 (Código del Proceso Penal) de 19 de diciembre de 2014, el siguiente artículo:
“Art. 179.- (Protección de peritos) Los peritos, en los procesos penales por Narcotráfico, Crimen Organizado o Lavado de Activos, serán sometidos a medidas de protección especiales para garantizar su seguridad y su integridad a consecuencia de su colaboración o declaración en la causa.
Deberán disponerse las siguientes medidas especiales, adoptadas de oficio por el tribunal penal competente, las cuales podrán ser extensibles a los familiares y demás personas cercanas al perito, que la resolución judicial determine:
Título: PROTECCIÓN DE PERITOS. CÓDIGO DEL PROCESO PENAL. (Modificación)
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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29-04-2025 | CSS | 222/2025 | PROTECCIÓN DE PERITOS. CÓDIGO DEL PROCESO PENAL. (Modificación) |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN | CSS | 222/2025 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
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06-05-2025 | CSS | Ordinaria . Sesión:11 | Diario Nro.12 - PDF - |