Ficha Asunto
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Asunto: 26012
Origen: Poder Ejecutivo -
Análisis: Las cooperativas de intermediación financiera cuyas actividades hayan sido suspendidas por el Banco Central del Uruguay, podrán celebrar con sus acreedores a la fecha de suspensión de actividades o con categorías o grupos determinados de ellos, acuerdos colectivos de sustitución de deudor, de quitas o reprogramación de los vencimientos de sus créditos, de aportación de sus créditos a la constitución de fondos de inversión, de capitalización de sus créditos o de tales soluciones acumulativamente, previa aprobación de la propuesta por el Banco Central del Uruguay, ya sea como condición o como consecuencia de la rehabilitación. Las propuestas podrán contemplar soluciones diferenciales para ciertas categorías o grupos de acreedores clasificados según el monto del crédito de que son titulares. (Art. 1º, inciso 1º)
Los acuerdos que al tiempo de la entrada en vigencia de esta ley se hayan celebrado conforme a lo dispuesto en el artículo anterior tendrán igual efecto siempre que cuenten con la opinión favorable de la Superintendencia de Instituciones de Intermediación Financiera y la aprobación previa o posterior del Banco Central del Uruguay, fundada en la viabilidad actual y futura de la entidad correspondiente. (Art. 2)
La presente ley entrará en vigencia a partir de su promulgación. (Art. 3)
Título: COOPERATIVAS INTERMEDIACION FINANCIERA. CAPITALIZACION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
---|---|---|---|
09-03-2005 | CSS | 98/2005 | COOPERATIVAS INTERMEDIACION FINANCIERA. ACUERDOS CON ACREEDORES. HABILITACION. |
10-03-2005 | CRR | 47/2005 | COOPERATIVAS INTERMEDIACION FINANCIERA. CAPITALIZACION. |
Sanciones
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Trámite |
---|---|---|---|
10-03-2005 | CSS | 98/2005 | C.SS. sanciona. |
10-03-2005 | CRR | 47/2005 | C.RR. sanciona. |
11-03-2005 | Poder Ejecutivo promulga. |
Sesiones
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
---|---|---|---|
CSS | 98/2005 | 3/0 | COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA. HABILITACIÓN PARA ACUERDOS COLECTIVOS CON SUS ACREEDORES. |
Textos Aprobados
Fecha | Cuerpo | Título |
---|---|---|
10-03-2005 | CSS | COOPERATIVAS INTERMEDIACION FINANCIERA. CAPITALIZACION. |
10-03-2005 | CRR | COOPERATIVAS INTERMEDIACION FINANCIERA. CAPITALIZACION. |