Ficha Asunto

Asunto: 8857
Origen: Cámara Representantes - Lausarot Peralta, Ariel
Análisis: Se reglamenta el proceso de distribución y subdistribución de alimentos, bebidas sin alcohol y cervezas, que comprende las operaciones de: almacenaje, transporte, venta y entrega. Se crea el "Registro Nacional de Distribuidores y Subdistribuidores de Alimentos, Bebidas sin Alcohol y Cervezas", donde deberán registrarse:A) Las personas físicas o jurídicas distribuidores o subdistribuidores. B) Los contratos de distribuición o subdistribución celebrados. Requisitos para Inscripción de distribuidores y subdistribuidores: Inscripción ante la D.G.I; B.P.S.; M.T.S.S. y organismos municipales que correspondieren. Requisitos para Inscripción de contratos de distribución y subdistribución: Presentación dentro de los quince días siguientes a la fecha de su celebración. Dicho Registro será llevado por la dirección Nacional de Pequeñas y Medianas Empresas, del Ministerio de Industria, Energía y Minería, a quien le compete la instrumentación del mismo. Tribunal de Conciliación. Creación y Competencia. Reglamentación cargo P.E.
Título: ALIMENTOS, BEBIDAS SIN ALCOHOL Y CERVEZAS. DISTRIBUCION. REGLAMENTACION.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
12-11-1997 CRR 2335/1997 ALIMENTOS, BEBIDAS SIN ALCOHOL Y CERVEZAS. DISTRIBUCION. REGLAMENTACION.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
INDUSTRIA, ENERGIA, MINERIA Y TURISMO CRR 2335/1997
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
12-11-1997 CRR Ordinaria . Sesión:83 Diario Nro.2698
22-02-2000 CRR Extraordinaria . Sesión:2 Diario Nro.2859 - PDF -
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 2335/1997 950/0 DISTRIBUCION Y SUBDISTRIBUCION DE ALIMENTOS, BEBIDAS SIN ALCOHOL Y CERVEZAS. Reglamentación.