Ley Nº 20447 INMUEBLES. PATRIMONIO ESTADO (MDN) A DURAZNO (INTENDENCIA). TRANSFERENCIA.


Ley Nº 20.447 INMUEBLES DE LA LOCALIDAD CATASTRAL DE DURAZNO Se transfieren del patrimonio del Estado (Ministerio de Defensa Nacional) a la Intendencia de Durazno El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN Artículo 1º.- Transfiérense, a título gratuito, del patrimonio del Estado (Ministerio de Defensa Nacional) al de la Intendencia de Durazno, las fracciones C1 del Padrón Nº 13551, con una superficie de 15.896 m² 34 dm² y C2 del Padrón Nº13553, con una superficie de 3.117 m² 41 dm² de la localidad catastral de Durazno, del departamento homónimo, manzana 532, según plano de mensura del ingeniero agrimensor Horacio Corvo Sugo, de 12 de agosto de 2024, inscripto en la oficina delegada de Catastro de Durazno el 18 de noviembre de 2024, con el Nº 9226. Artículo 2º.- Esta ley operará como título y modo de la mencionada traslación de dominio y para la respectiva inscripción en el Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Durazno, bastará un Testimonio Notarial de esta disposición, el que podrá ser complementado por un Certificado Notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 9 de diciembre de 2025. Ing. CAROLINA COSSE, Presidenta. María Eugenia Roselló, Secretaria. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Montevideo, 16 de Diciembre de 2025. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se transfieren inmuebles, a título gratuito, del patrimonio del Estado (Ministerio de Defensa Nacional) al de la Intendencia de Durazno. PROF. YAMANDÚ ORSI. SANDRA LAZO.Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.