Ley Nº 20450 DÍA NACIONAL DEL FITOMEJORAMIENTO. Se declara el 5 de marzo de cada año.
Ley Nº 20.450 DÍA NACIONAL DEL FITOMEJORAMIENTO Se declara el 5 de marzo de cada año El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN Artículo
único.- Declárase el 5 de marzo de cada año Día Nacional del Fitomejoramiento.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 9 de diciembre de 2025. Ing. CAROLINA COSSE, Presidenta. Dr. Mag. JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario. MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE
INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE
GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE
AMBIENTE
Montevideo, 16 de Diciembre de 2025. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se declara el 5 de marzo de cada año Día Nacional del Fitomejoramiento. PROF. YAMANDÚ ORSI. JOSÉ CARLOS MAHÍA. FERNANDA CARDONA. ALFREDO FRATTI. EDGARDO ORTUÑO.Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.