PROYECTO DE LEY SOBRE DERECHO LABORAL DE VIAJANTES Y VENDEDORES DE PLAZA

Cámara de Representantes
Fachada Palacio

Ingresó para su estudio a la Comisión de Legislación del Trabajo, un proyecto de ley que modificaría el artículo 5º de la Ley Nº 14.000 sobre el Derecho laboral de viajantes y vendedores de plaza.

En la exposición de motivos, el fallecido diputado Víctor Semproni alegó que habiendo pasado más de 35 años desde la sanción de la Ley Nº 14.000, que representó un destacado avance legislativo en términos de justicia social, cuando ya nadie discute la indemnización por clientela, surge la necesidad de introducirle dos modificaciones.

El legislador explicó cuáles serían esos dos cambios: el primero, el porcentaje de indemnización, incluyendo una escala en proporción de los años trabajados en la empresa, proponiendo el proyecto de ley una indemnización que en la más ambiciosa de las hipótesis, sería apenas de un 50% del despido - el artículo 5º actual establece un 25% de la indemnización por despido -.  La segunda modificación serían los causales de ruptura de la relación laboral que admitan la indemnización por clientela, ya que en la ley actual se establecen solo dos modos de extinción de la relación laboral, el despido y la renuncia, dejando de lado por ejemplo, la hipótesis del fallecimiento.  Por ello se propone sustituir la hipótesis de que “se retiren por su voluntad” por “cualquiera fuera la causa del cese, incluido el despido” manteniéndose la situación de que ambas indemnizaciones las pierde el empleado que hubiere sido despedido por notoria mala conducta.

(Carpeta Nº 179 – Repartido Nº 158)