TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA

Cámara de Representantes
Fachada Palacio

En noviembre de 2013 se sancionó la Ley Nº 19.167 sobre técnicas de reproducción humana asistida, procedimientos a ser financiados por el Fondo Nacional de Recursos. Para las mujeres mayores de 40 años el plazo de dos años que establecía la ley para hacer uso de dicho financiamiento  vencía el 26 de febrero próximo pasado.

En ese sentido ingresaron a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social de la Cámara de Representantes dos proyectos de ley, uno con la  firma de legisladores de la bancada  colorada y, el otro, con la del diputado Martín Lema.

La iniciativa que lleva la firma de la diputada Montaner entre otras, prorroga los plazos para el financiamiento por parte de FNR de estos actos médicos por única vez y por el término de 24 meses para aquellas mujeres mayores de 40 años previstos en el artículo 5º de la Ley Nº 19.167 y literal b) artículo 7º del Decreto Nº 84/015 de fecha 27 de febrero de 2015.

En la exposición de motivos la legisladora establece que en estos dos años de aplicación de la ley casi la mitad de las mujeres que solicitaron el apoyo del FNR tenían entre 40 y 60 años, muchas de las cuales están a mitad de camino  en espera de transferencias, ovo donaciones, resultados y estudios  por lo que si no se extiende el plazo no tendrán una segunda oportunidad.

Establece además que el 43% de las mujeres que solicitaron cobertura financiera del FNR para tratamientos de alta complejidad tenían más de 40 años. Y que si bien las mayores de 40 autorizadas antes del 26 de febrero se les va a autorizar un ciclo de estimulación, no tendrán los tres intentos que están previstos en la ley.

(Carpeta Nº 1770 – Repartido Nº 637)

La iniciativa del diputado Lema, por su parte, modifica el artículo 5º de la Ley y  establece que en ningún caso la edad de la mujer podrá ser impedimento o condición para el financiamiento o subsidios de las técnicas y procedimientos de baja y alta complejidad por parte del Sistema Nacional Integrado de Salud y el Fondo Nacional de Recursos.

(Carpeta Nº 1769 – Repartido Nº 636)