EL DIPUTADO RAFAEL MENÉNDEZ EN LA MEDIA HORA PREVIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL MIÉRCOLES 7 DE JUNIO

Cámara de Representantes
Rafael Menendez

El diputado Rafael Menéndez expresó en su media hora previa lo siguiente: “Antes que nada quiero hacer una aclaración a raíz de la intervención que realicé ayer en donde cité un tuit sobre el ingeniero Juan Pedro Pose que refería a que tras 20 años de monitoreo no hemos detectado diferencias en la calidad del agua. La aclaración fue de que el tuit es de la sociedad de productores forestales, gentilmente el ingeniero Pose se comunicó conmigo y además de hacer la aclaración en el estudio realizado en la corona, el cual cité, efectivamente no se habían encontrado diferencias en la calidad del agua y la confusión parte en la misma publicación de la revista de la sociedad de productores forestales en dónde se detallaba pormenorizadamente el estudio el señor Alonso, en la misma publicación de la sociedad de productores forestales de la revista dice lo siguiente: lo que sí es claro es que, desde que se monitorea Tacuarembó, es bastante consistente una disminución leve del ph en la escorrentía superficial de la zona forestada, lo cual da lugar a la confusión. Creo que era bueno manifestarlo porque si bien no conozco al ingeniero Pose tengo el mejor de los conceptos de él y en ningún momento quise explicitar como que decía una falsedad”.

 Menéndez continuó expresando “quiero poner en conocimiento del Cuerpo que estamos elaborando un proyecto de ley con el motivo de la protección de la institucionalidad, avanzar sobre la credibilidad de las instituciones en donde establecemos, mediante tres artículos, algunas modificaciones a la ley 19823 del Código de Ética de la Función Pública. Estableciendo el siguiente agregado, específicamente el artículo 14, el efectuar manifestaciones públicas falsas vinculadas, directa o indirectamente, a la función pública que afecten, o puedan afectar, la imagen de ese organismo o prestigio de la Administración, instituciones públicas, entre otras.

Con relación a la calidad del profesional o a la titularidad de títulos académicos, se establece la confección de una declaración jurada de integridad en donde el funcionario público deberá completar dicha declaración jurada de integridad, estableciendo conocer el Código de Ética. 

Finalizó diciendo el diputado Menéndez “Igualmente, creemos importante que las sanciones no deban ser únicamente administrativas sino que haya también inhabilitación para la función pública. En su oportunidad lo vamos a dar a conocer a los legisladores que quieran acompañarlo y lograr de esa manera evitar inconvenientes que se han suscitado en los diversos gobierno y que ninguno de los gobiernos ha estado exento”.