En carta al MSP, Comisionado "apoya y reconoce" que se haya incluído al sistema penitenciario como prioridad para vacunación

Privados de libertad y funcionarios penitenciarios son grupo vulnerable y vector de contagio, como toda la población institucionalizada

 

En nota enviada al Ministro de Salud Pública el pasado 26 de enero, el comisionado parlamentario penitenciario, Juan Miguel Petit, expresó su beneplácito al saber que las autoridades sanitarias incluyeron "en las prioridades de vacunación contra covid 19 las personas privadas de libertad y los funcionarios, operadores, policías y administrativos, que conviven con ellos".

 

El funcionario encargado del control parlamentario de los derechos humanos dentro de las prisiones uruguayas, luego de recibir información de las autoridades de salud y de sus contrapartes, expresó en su misiva que "es una medida muy adecuada y a tono con las recomendaciones internacionales, tanto sanitarias como de derechos humanos, dado que los centros penitenciarios, como "institución total" que son, donde las personas comparten convivencia y cercanía por muchas horas y con una población flotante que ingresa y sale de ese contexto (funcionarios, visitas, liberados, salidas transitorias, ingresos nuevos, etc), constituyen un grupo vulnerable y a la vez vector de contagio de alta significación. El mismo requiere medidas preventivas específicas, algunas sanitarias como las que se me ha notificado por mis contrapartes en el área, y otras socioeducativas, las que están a cargo de los organismos correspondientes en la materia".

 

La nota, enviada al Ministerio de Salud Pública, Ministerio del Interior, Instituto Nacional de Rehabilitación y la Comisión Bicameral de Seguimiento carcelario del Parlamento, también destacó la proactividad y las buenas prácticas, (protocolos, medidas urgentes y difusión de información a internos y funcionarios) realizadas desde el inicio de la pandemia por ASSE, desde su Servicio de Atención Integral para las Personas Privadas de libertad (SAI-PPL) y complementadas desde Sanidad Policial.

 

El comisionado subrayó en la nota que históricamente Uruguay "se ha destacado por ser referencia en derechos humanos. En este caso, la incorporación prioritaria de la población privada de libertad y de los funcionarios a su cargo, remite a las Normas Mínimas de Tratamiento de los Reclusos de Naciones Unidas, "Reglas Manela", las que establecen que los reclusos "gozarán de los mismos estándares de atención sanitaria que estén disponibles en la comunidad exterior". Justifica su inclusión prioritaria en la vacunación la alta vulnerabilidad que representan, lo que también afecta a la comunidad, por su singular condición de población internada y a la vez con alta circulación de personas. Hemos visto esta alta incidencia de la población institucionalizada penitenciaria en otros males, como la tuberculosis, donde es notoria la mayor incidencia que existe en ella que en la población general, y su funcionamiento como vector de contagio al conectar poblaciones vulnerables también afuera del colectivo de internados que por razones laborales o familiares ingresan al grupo periódica o diariamente".