Ficha Asunto
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Asunto: 10060
Origen: Cámara Representantes -
Pérez Riera, Aldo
Análisis: Agrégase a la Ley Nº 16.866, de 12 de setiembre de 1997, los siguientes artículos:
"ARTICULO 4º.- Facúltase al Banco de Previsión Social, a otorgar a los micro-empresarios rurales hasta 50 hectáreas, Indice Coneat 100, a exonerarlos de la obligación que establecen los artículos 1º y 10 de la Ley Nº 15.840, de 26 de noviembre de 1986, que exige deben pagar el 50% de su deuda para recibir los beneficios jubilatorios".
"ARTICULO 5º.- La fecha límite para el cálculo de la deuda para este grupo de empresas, será en el momento que el banco decrete el cese del beneficiario".
"ARTICULO 6º.- El banco para este sector de productores en mora, calculará la duda total, aplicando los artículos 1º, 2º y 3º, de la Ley Nº 16.866, de 12 de setiembre de 1997, y la dividirá en cuotas consecutivas, que retendrá en el momento de pago de la prestación".
Título: PRODUCTOR RURAL (PEQUEÑO). DEUDAS BPS. EXONERACION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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28-04-1998 | CRR | 2692/1998 | PRODUCTOR RURAL (PEQUEÑO). DEUDAS BPS. EXONERACION. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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SEGURIDAD SOCIAL | CRR | 2692/1998 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
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28-04-1998 | CRR | Extraordinaria . Sesión:13 | Diario Nro.2724 |
18-11-1998 | CRR | Ordinaria . Sesión:67 | Diario Nro.2781 |
29-06-1999 | CRR | Extraordinaria . Sesión:34 | Diario Nro.2827 |
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
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CRR | 2692/1998 | 1067/0 | PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES. Exoneración de las obligaciones impuestas por los artículos 1º y 10 de la Ley Nº 15.840. |
Otros Asuntos en Carpeta
Asunto | Título |
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11591 | PRODUCTOR RURAL (PEQUEÑO). DEUDAS BPS. EXONERACION. |