Ficha Asunto
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Asunto: 12058
Origen: Cámara Representantes -
Barandiarán, Gabriel; Courtoisie, Gabriel; Falero, Ricardo; Michelini, Felipe; Posada, Iván
Análisis: Los candidatos presidenciales deberán designar dentro de un plazo de 15 días a partir de su proclamación un jefe de campaña quien será responsable conjunta y solidariamente con el candidato de la observancia de la presente ley.
Para el financiamiento no se podrá aceptar.
A) Contribuciones o donaciones anónimas con excepción de las que no superen las 15 UR.
B) Contribuciones o donaciones de empresas concesionarias de servicios públicas.
C) Contribuciones o donaciones de asociaciones profesionales.
D) Contribuciones de gobierno, entidades extranjeras.
E) Contribuciones de personas en situación de subordinación.
G) Contribuciones de organizaciones delictivas.
Los fondos que reciban los partidos políticos no podrán exceder por candidato de 1.000 UR. No estarán comprendidas las contribuciones del Estado. Deberán ser depositados en una cuenta bancaria abierta con tales fines.
Los jefes de campaña deberán a informar y dar publicidad de todas las donaciones asi como a presentar al Tribunal de Cuentas una rendición de cuentas.
En caso de omisión el partido político será sancionado con una multa de hasta 100 UR por cada día de atraso.
Si existieran hecos delictivos el Tribunal de Cuentas informará a la Justicia Penal.
El jefe de campaña y el candidato a la Presidencia serán respondables de las campañas electorales de Senadores y Diputados.
Los Precandidatos a la Presidencia en las elecciones internas y los candidatos a Intendente Municipal se regirán por las mismas disposiciones que rigen para los candidatos a la Presidencia.
Título: PARTIDOS POLITICOS. CAMPAÑAS ELECTORALES. FINANCIAMIENTO. REGULACION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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15-04-1999 | CRR | 3402/1999 | PARTIDOS POLITICOS. CAMPAÑAS ELECTORALES. FINANCIAMIENTO. REGULACION. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN | CRR | 3402/1999 |
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