Ficha Asunto
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Asunto: 13442
Origen: Cámara Representantes -
Araújo Abimorad, Fernando; Argimón, Beatriz; Arrarte Fernández, Roberto; Berois Quinteros, Ricardo; Borsari Brenna, Gustavo; Cardozo Ferreira, Julio; Chápper, Jorge; Da Silva, Sebastián; Gallinal, Francisco; González Alvarez, Carlos; Heber Füllgraff, Arturo; Lacalle Pou, Luis Alberto; Lara Gilene, Julio C.; Leglise, Luis M.; Ortiz, Francisco; Penadés, Gustavo; Perdomo Gamarra, Alberto; Rivero Saralegui, María Alejandra; Rodríguez, Ambrosio; Silveira, Julio C.; Trobo, Jaime Mario; Vidalín, Carmelo
Análisis: Incorpórase al Código Penal, el siguiente artículo:
"38.- El Juez puede exonerar de pena al sujeto que habiendo tipificado su responsabilidad en cualquier grado del delito y cuando la misma resulte inequívoca, en los ilícitos penales de concusión (art. 156); cochecho (arts. 157 y 158); soborno (art. 159); fraude (art. 160); abuso de extorsión (art. 345), contrabando (Leyes Nº 8.935, Nº 10.316, Nº 12.091, Nº13.318 y Nº 14.106); defraudación tributaria (Ley Nº 15.294) y estupefacientes (Decreto-Ley Nº 14.294), colaborará eficazmente con las autoridads judiciales en la dilucidación de los mismos.
El Ministerio Público intervendrá perceptivamente en la etapa inquisitiva de los procedimientos a que diere lugar la aplicación de lo establecido en el inciso anterior".
Lo dispuesto en el artículo precedente se aplicará aun a las causas pendientes.
Título: DELINCUENTE COLABORADOR DILUCIDACION ILICITOS. EXONERACION PENA. CODIGO PENAL. MODIFICACION.
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Trámite |
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08-03-2000 | CRR | 52/2000 | Entrada a Cámara de Representantes. |
08-03-2000 | CRR | 52/2000 | Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:0 Página:5 Diario:2860 CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN |
08-03-2000 | CRR | 52/2000 | Texto proyecto inicial. Tomo:0 Página:46 Diario:2860 |
10-03-2000 | CRR | 52/2000 | Recepción por parte de Div.Comisiones. |
10-03-2000 | CRR | 52/2000 | Se distribuye repartido. Rep.25/0 HTML PDF PERSONAS QUE HAYAN TIPIFICADO CONDUCTAS DELICTIVAS. Exoneración de la pena cuando colaboren con la justicia. |
10-03-2000 | CRR | 52/2000 | Div.Comisiones envía a la Comisión. CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN |
26-05-2004 | CRR | 52/2000 | Div.Comisiones recibe de la Comisión. CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN Art. 147 inciso 2º del Reglamento. |
26-05-2004 | CRR | 52/2000 | Div.Comisiones remite a Trámite. |
01-06-2004 | CRR | 52/2000 | Por artículo 147 del Reglamento de la Cámara de Representantes pasa a archivo. Tomo:0 Página:8 Diario:3206 |
22-06-2004 | CRR | 52/2000 | Recepción por parte de Archivo. Folios: 13 |