Ficha Asunto

Asunto: 14017
Origen: Cámara Representantes - Falero, Ricardo; Michelini, Felipe; Mieres, Pablo; Posada, Iván
Análisis: Las personas unidas en concubinato con apariencia de matrimonio serán beneficiarias de pensión de sobrevivencia, en iguales condiciones que las personas viudas, en caso de fallecimiento de su compañero o compañera. A tal efecto deberán cumplirse los siguientes requisitos: A) Que no exista viudo o viuda con derecho a pensión. B) Que la unión haya tenido una duración mínima de siete años o que exista descendencia en común en cuyo caso la duración mínima será de tres años. (art. 1) Las personas comprendidas en el artículo 1° se ubicarán en el mismo lugar que hubiese correspondido a las personas viudas a efectos de la liquidación de la asignación de la pensión. (art. 2) Las disposiciones de la presente ley se aplicarán a todas las instituciones de seguridad social, cualquiera sea su naturaleza jurídica y régimen aplicable. (art. 3)
Organismos: PODER EJECUTIVO
Título: CONCUBINO SUPERSTITE. PENSION. OTORGAMIENTO.
 
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Trámite
17-05-2000 CRR 240/2000 Entrada a Cámara de Representantes.
17-05-2000 CRR 240/2000 Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:0 Página:3 Diario:2869         SEGURIDAD SOCIAL
17-05-2000 CRR 240/2000 Texto proyecto inicial. Tomo:0 Página:4 Diario:2869        
17-05-2000 CRR 240/2000 Recepción por parte de Div.Comisiones.
17-05-2000 CRR 240/2000 Se distribuye repartido. Rep.146/0     HTML   PDF  ASIGNACION DE PENSION. Se acuerda su derecho al concubino supérstite.
17-05-2000 CRR 240/2000 Div.Comisiones envía a la Comisión. SEGURIDAD SOCIAL
15-02-2005 CRR 240/2000 Div.Comisiones recibe de la Comisión. SEGURIDAD SOCIAL art. 147.
15-02-2005 CRR 240/2000 Div.Comisiones remite a Trámite.
22-02-2005 CRR 240/2000 Por artículo 147 del Reglamento de la Cámara de Representantes pasa a archivo. Tomo:0 Página:40 Diario:3239        
10-03-2005 CRR 240/2000 Recepción por parte de Archivo. Folios: 6
22-06-2005 CRR 240/2000 Se da cuenta solicitud de la Comisión para retirar el proy. de Archivo. Tomo:0 Página:6 Diario:3267         SEGURIDAD SOCIAL
23-06-2005 CRR 240/2000 Recepción por parte de Div.Comisiones.
23-06-2005 CRR 240/2000 Se distribuye repartido. Rep.297/0     HTML   PDF  ASIGNACION DE PENSION. Se acuerda su derecho al concubino supérstite.
23-06-2005 CRR 240/2000 Div.Comisiones envía a la Comisión. SEGURIDAD SOCIAL
17-02-2010 CRR 240/2000 Div.Comisiones recibe de la Comisión. SEGURIDAD SOCIAL
17-02-2010 CRR 240/2000 Div.Comisiones remite a Trámite.
02-03-2010 CRR 240/2000 Por artículo 147 del Reglamento de la Cámara de Representantes pasa a archivo. Tomo:0 Página:28 Diario:3630        
06-04-2010 CRR 240/2000 Por resolución del Cuerpo se retira del archivo. Tomo:0 Página:60 Diario:3636        
09-04-2010 CRR 240/2000 Recepción por parte de Div.Comisiones.
09-04-2010 CRR 240/2000 Se distribuye repartido. Rep.111/0     HTML   PDF  ASIGNACION DE PENSION. Se acierda su derecho al concubino supérstite.
09-04-2010 CRR 240/2000 Div.Comisiones envía a la Comisión. SEGURIDAD SOCIAL
18-02-2015 CRR 240/2000 Div.Comisiones recibe de la Comisión. SEGURIDAD SOCIAL
18-02-2015 CRR 240/2000 Div.Comisiones remite a Trámite.
03-03-2015 CRR 240/2000 Por artículo 147 del Reglamento de la Cámara de Representantes pasa a archivo. Tomo:0 Página:24 Diario:3954        
14-04-2015 CRR 240/2000 Por resolución del Cuerpo se retira del archivo. Tomo:0 Página:6 Diario:3960        
14-04-2015 CRR 240/2000 Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:0 Página:6 Diario:3960         SEGURIDAD SOCIAL
15-04-2015 CRR 240/2000 Recepción por parte de Div.Comisiones.
15-04-2015 CRR 240/2000 Se distribuye repartido. Rep.76/0     HTML   PDF  ASIGNACIÓN DE PENSIÓN. Se acuerda su derecho al concubino supérstite.
15-04-2015 CRR 240/2000 Div.Comisiones envía a la Comisión. SEGURIDAD SOCIAL
19-02-2020 CRR 240/2000 Div.Comisiones recibe de la Comisión. SEGURIDAD SOCIAL
19-02-2020 CRR 240/2000 Div.Comisiones remite a Trámite.
03-03-2020 CRR 240/2000 Pasa a archivo por fin de Legislatura
03-03-2020 CRR 240/2000 Pasa a archivo. Tomo:0 Página:25 Diario:4261