Ficha Asunto

Asunto: 150540
Origen: Poder Ejecutivo -
Análisis: Artículo 1º (Creación). Créase el Programa "Oportunidad Laboral" con el objeto de promover la inserción y reinserción en el mercado de trabajo de los beneficiarios que se dirán...
Título: PROGRAMA "OPORTUNIDAD LABORAL". CREACION.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
29-04-2021 A.G. 2021 PROGRAMA "OPORTUNIDAD LABORAL". CREACION.
04-05-2021 CRR 1411/2021 PROGRAMA OPORTUNIDAD LABORAL. CREACION.
06-05-2021 CSS 438/2021 PROGRAMA "OPORTUNIDAD LABORAL". CREACION.
Sanciones
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Trámite
05-05-2021 CRR 1411/2021 C.RR. sanciona.
12-05-2021 CSS 438/2021 C.SS. sanciona.
20-05-2021 Poder Ejecutivo promulga.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
HACIENDA CRR 1411/2021
INTEGRADA: HACIENDA CON ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL CSS 438/2021
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
04-05-2021 CRR Ordinaria . Sesión:10 Diario Nro.4335 - PDF -
05-05-2021 CRR Ordinaria . Sesión:11 Diario Nro.4336 - PDF -
11-05-2021 CSS Ordinaria . Sesión:10 Diario Nro.10 - PDF - HTML - Video-
12-05-2021 CSS Ordinaria . Sesión:11 Diario Nro.11 - PDF - HTML - Video-
Distribuidos
Cuerpo Carpeta/Año Distribuido Texto
CSS 438/2021 517/0 CAR HTML Versión taquigráfica de la sesión el día 11 de mayo de 2021. Concurren: Señora Senadora Carmen Asiaín; señores Senadores Germán Coutinho y Juan Sartori; y señor Representante Nacional Álvaro Viviano. Por Presidencia de la República, Secretario doctor Álvaro Delgado. Por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Subdirector señor José Luis Falero. Por el Ministerio de Economía y Finanzas, señor Subsecretario contador Alejandro Irastorza. Por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministro doctor Pablo Mieres y Subsecretario doctor Mario Arizti. Por el Congreso de Intendentes: Presidente, Licenciado Profesor Carmelo Vidalín, Intendente de Durazno, Primer Vicepresidente doctor Andrés Lima, Intendente de Salto, y Consejeros: técnico en comunicación social César García, Profesor Pedro Apezteguía y señor Carlos Aunchayna.
CSS 438/2021 511/0 CAR Entre proyecto de ley del Poder Ejecutivo y el proyecto de ley aprobado en nueva forma por Cámara de Representantes
CSS 438/2021 510/0 CAR PDF Creación Proyecto de ley aprobado por Cámara de Representantes Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo Disposiciones Citadas
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 1411/2021 387/0  PDF PROGRAMA OPORTUNIDAD LABORAL. Creación.
CSS 438/2021 277/0  PDF PROGRAMA "OPORTUNIDAD LABORAL" Creación
CSS 438/2021 277/1  PDF PROGRAMA "OPORTUNIDAD LABORAL" Creación
Ley
Ley Texto Original Texto Actualizado
19952 Texto IMPO
Carpetas y Asuntos Asociados
Cuerpo Carpeta/Año Asunto Cuerpo Carpeta/Año Título
145415 A.G. 10/2020 PROYECTOS DE LEY REMITIDOS POR EL PODER EJECUTIVO.
Trámite Parlamentario
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Trámite
29-04-2021 A.G. Poder Ejecutivo remite mensaje.
29-04-2021 A.G. Entrada a Presidencia de Asamblea General.
30-04-2021 A.G. Destina a CRR.
04-05-2021 CRR 1411/2021 Entrada a Cámara de Representantes.
04-05-2021 CRR 1411/2021 Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:0 Página:4 Diario:4335         HACIENDA
05-05-2021 CRR 1411/2021 Se distribuye repartido. Rep.387/0   PDF  PROGRAMA OPORTUNIDAD LABORAL. Creación.
05-05-2021 CRR 1411/2021 Se da cuenta en comisión. HACIENDA Nro. de Acta: 19.
Versión Taquigráfica: 400
05-05-2021 CRR 1411/2021 Tratamiento en comisión. HACIENDA Nro. de Acta: 19.
Versión Taquigráfica: 400 La Comisión recibe en forma vitual, a las siguientes autoridades invitadas: por el Congreso de Intendentes: Intendente de Durazno Lic. Prof. Carmelo Vidalín, Presidente; Intendente de Salto Dr. Andrés Lima, Primer Vicepresidente; Intendente de Rivera Cr. Richard Sander, Segundo Vicepresidente; TCS César García, Prof. Pedro Apezteguía y Carlos Aunchayna, Consejeros. Por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto: José Luis Falero, Subdirector, y Dr. Álvaro Delgado, Secretario de la Presidencia de la República. Por el Ministerio de Economía y Finanzas: Cr. Alejandro Irastorza, Subsecretario, y Cr. Fernando Blanco, Director de Finanzas Públicas. Por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: Dr. Mario Arizti, Subsecretario, y Dr. Federico Daverede, Director Nacional de Trabajo.
05-05-2021 CRR 1411/2021 Comisión aprueba texto modificativo. HACIENDA Nro. de Acta: 19.
Versión Taquigráfica: 400 Se vota el pasaje a la discusión particular: 10 en 10 afirmativa, unanimidad de presentes. Se vota el artículo 1º con modificaciones: 5 en 9 afirmativo. Se vota el artículo 2º: 10 en 10 afirmativo, unanimidad de presentes. Se vota como inciso segundo un aditivo presentado por el Frente Amplio, con modificaciones: 10 en 10 afirmativo. Se vota el artículo 3º: 5 en 9, afirmativo. Se vota el inciso primero del artículo 4º, con modificaciones: 10 en 10, afirmativo. Se vota el inciso segundo del artículo 4º: 0 en 10, negativo. Se vota el sustitutivo del inciso segundo del artículo 4º presentado por el Frente Amplio: 5 en 10, negativo. Se vota el sustitutivo del inciso segundo presentado por los Representantes Andújar, Mujica, Perrone, Posada y Viviano: 5 en 9, afirmativo. Se vota el aditivo al artículo 4º, presentado por el Frente Amplio, con modificaciones: 10 en 10, afirmativo. Se vota el aditivo al artículo 4º presentado por los Representantes Andújar, Mujica, Perrone, Posada y Viviano, con modificaciones: 10 en 10, afirmativo. Se vota el artículo 5º, con modificaciones: 10 en 10, afirmativo. Se vota el artículo 6º: 10 en 10, afirmativo. Se vota el artículo 7º con modificaciones: 10 en 10, afirmativo. Se vota el artículo 8º: 10 en 10, afirmativo. Se vota el artículo 9º: 5 en 9, afirmativo. Se vota el aditivo al artículo 9º presentado por el Frente Amplio: 5 en 10, negativo. Se vota el artículo 10: 10 en 10, afirmativo. Se vota el artículo 11 con modificaciones: 10 en 10, afirmativo. Se vota el artículo 12: 0 en 11, negativo. Se vota el sustitutivo del artículo 12 presentado por el Frente Amplio: 11 en 11, afirmativo. Texto del proyecto aprobado: Artículo 1°. (Creación).- Créase el Programa “Oportunidad Laboral” con el objeto de promover la inserción y reinserción en el mercado de trabajo de los beneficiarios que se dirán. Dicho Programa tendrá alcance nacional y será administrado por la Comisión Sectorial, creada por el literal B) del artículo 230 de la Constitución de la República. El Programa que se crea regulará el régimen de contratación de los beneficiarios para su inserción o reinserción en el mercado laboral de forma transitoria, mediante la realización de tareas que aporten valor público. La realización de las mencionadas tareas dará derecho a obtener una contraprestación transitoria que se denominará “Oportunidad Laboral”. Artículo 2°. (Alcance subjetivo).- Los beneficiarios del Programa serán personas entre los 18 y los 65 años de edad que no reciban ninguna prestación de naturaleza salarial, ni pública ni privada, ni subsidio por desempleo, por enfermedad, jubilación, pensión u otra retribución de carácter personal. La comprobación de que una persona se encuentra comprendida en cualquiera de las incompatibilidades previstas en el inciso primero de este artículo, implicará su eliminación de la nómina de postulantes o el cese automático de su participación, según corresponda. Artículo 3°. (Comisión Sectorial).- 3.1.- La Comisión Sectorial, integrada de acuerdo con lo establecido por el artículo 48 de la Ley N° 17.243, de 29 de junio de 2000, a los efectos de lo dispuesto en la presente ley podrá invitar a concurrir a sus sesiones a delegados de otros Ministerios. 3.2.- La Comisión tendrá los siguientes cometidos: A) Coordinar el Programa “Oportunidad Laboral”. B) Determinar la cantidad de beneficiarios comprendidos en el Programa que corresponderá a cada Gobierno Departamental, garantizando cupos para beneficiarios especialmente vulnerables. C) Asesorar al Poder Ejecutivo y al Congreso de Intendentes respecto a la implementación del Programa y las actividades a desarrollar por los beneficiarios. D) Controlar el destino de los fondos asignados a efectos de cumplir las obligaciones asumidas por los Gobiernos Departamentales. 3.3.- A tales fines la Comisión Sectorial tendrá las siguientes atribuciones: A) Solicitar del Poder Ejecutivo y de los Gobiernos Departamentales la información pertinente, para el cumplimiento del Programa en los diferentes departamentos. B) Solicitar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el apoyo de recursos humanos y logísticos para el cumplimiento de sus funciones. C) Formar subcomisiones de trabajo por materia o razones geográficas a los efectos del mejor cumplimiento de los objetivos del Programa. Artículo 4°. (Gobiernos Departamentales).- 4.1.- Los Gobiernos Departamentales coordinarán con la Comisión Sectorial, las tareas de valor público que puedan cumplirse en el marco del Programa. 4.2.- La convocatoria para participar del Programa será realizada por los Gobiernos Departamentales, previa coordinación con el Poder Ejecutivo. Sin perjuicio de los cupos excepcionales que pueda requerir la comisión sectorial para grupos poblacionales específicos, el mecanismo de selección será a través del sorteo. 4.3.- Se creará un registro nacional de postulantes, en base a los registros departamentales, detallando edad, sexo, lugar de residencia y nivel educativo alcanzado, a fin de orientar futuras acciones de capacitación y reconversión laboral. 4.4.- El proceso de adjudicación de cupos deberá contemplar la realidad de todos los municipios del país. Artículo 5°. (Duración).- El Programa creado en el artículo primero de la presente ley tendrá una duración de seis meses y se desarrollará entre junio y noviembre del año 2021. Artículo 6°. (Actividades).- Los beneficiarios del Programa realizarán los trabajos transitorios en los términos y condiciones que determine cada Gobierno Departamental, y mientras dure su participación en el mismo, no integrarán las nóminas de personal de dicho Gobierno Departamental, ni estarán comprendidos en sus regímenes de remuneraciones y beneficios. Artículo 7°. (Prestación "Oportunidad Laboral").- Los beneficiarios del Programa percibirán la prestación transitoria "Oportunidad Laboral", dentro de los primeros 10 (diez) días siguientes de ejecutado su trabajo en cada mes, por un monto máximo mensual nominal equivalente a $ 12.500 (pesos uruguayos doce mil quinientos), siempre que hayan cumplido con las obligaciones que asumieron al ingresar al Programa. El referido monto se abonará por 12 jornales efectivamente trabajados en la quincena. Esta prestación no posee naturaleza salarial ni retributiva, es personal, intransferible e inembargable, y no podrá constituir garantía de obligaciones ni ser afectada por retenciones, exceptuándose las relativas a pensiones alimenticias. Artículo 8°. (Liquidación y pago).- El pago de la prestación definida en el artículo anterior será efectuado por el Gobierno Departamental al que pertenezcan los cupos del Programa y de acuerdo con los procedimientos que se establezcan al respecto. Artículo 9°. (Asignación computable, materia gravada e inclusión).- Sin perjuicio de lo previsto por los artículos 6° y 7° de la presente ley, el período en que los beneficiarios participen en el Programa será computado por el Banco de Previsión Social como de actividad a los efectos jubilatorios y pensionarios, bajo la afiliación "Industria y Comercio", y habilitará únicamente la percepción de los subsidios por maternidad, por enfermedad común y accidente de trabajo a que hubiere lugar. A tales efectos, la prestación referida en el artículo 7° será considerada asignación computable y materia gravada por las contribuciones especiales de seguridad social exclusivamente personales. Artículo 10 . (Asistencia médica gratuita).- Los beneficiarios del Programa tendrán derecho a la asistencia médica gratuita a través de los servicios de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, en todo el país, en las condiciones que les correspondan conforme a las normas que resulten aplicables. Artículo 11. (Cese del beneficio).- El cese de la participación en el Programa se producirá por vencimiento del plazo, incumplimiento de las tareas asignadas, por la mera voluntad del beneficiario sin expresión de causa alguna, o por incompatibilidad superviniente respecto de lo previsto en el artículo 2º de la presente ley. Artículo 12. (Financiación).- Las erogaciones derivadas de la aplicación de la presente ley, en particular en lo relativo a la prestación creada en el artículo 7º, serán atendidas con cargo al Fondo Solidario COVID-19, creado por la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020, sin perjuicio de los recursos que los Gobiernos Departamentales asignen.
05-05-2021 CRR 1411/2021 Moción de urgencia. Tomo:0 Página:38 Diario:4336         Votación: Afirmativo ( 0 en 0)
05-05-2021 CRR 1411/2021 Discusión general. Tomo:0 Página:38 Diario:4336        
Intervenciones: Andújar, Sebastián       Pag. ini:38 Pag. fin:39
Andújar, Sebastián       Pag. ini:55 Pag. fin:56
Antonini, Eduardo       Pag. ini:51 Pag. fin:51
Benítes Cheveste, Antonio       Pag. ini:52 Pag. fin:53
Blás, Rodrigo       Pag. ini:46 Pag. fin:47
Bottino Fiuri, Cecilia       Pag. ini:48 Pag. fin:49
Bottino Fiuri, Cecilia       Pag. ini:63 Pag. fin:64
Carballo Da Costa, Felipe       Pag. ini:54 Pag. fin:55
Colman, Mario       Pag. ini:49 Pag. fin:49
Corbo, Milton       Pag. ini:57 Pag. fin:57
Díaz, Bettiana       Pag. ini:41 Pag. fin:43
Díaz, Bettiana       Pag. ini:60 Pag. fin:60
Dos Santos, Valentina       Pag. ini:59 Pag. fin:60
Echeverría Casanova, Diego       Pag. ini:56 Pag. fin:57
Etcheverry Lima, Lucía       Pag. ini:50 Pag. fin:51
Geribón, Gonzalo       Pag. ini:53 Pag. fin:54
Inzaurralde Guillén, Alexandra Karina       Pag. ini:68 Pag. fin:68
Jisdonian, Pedro       Pag. ini:65 Pag. fin:65
Lereté, Alfonso       Pag. ini:53 Pag. fin:53
Lorenzo Parodi, Eduardo       Pag. ini:58 Pag. fin:59
Lust Hitta, Eduardo       Pag. ini:61 Pag. fin:62
Martínez Escames, Daniel       Pag. ini:49 Pag. fin:50
Moreno, Juan       Pag. ini:52 Pag. fin:53
Núñez Soler, Nancy       Pag. ini:62 Pag. fin:63
Olivera Pessano, Ana María       Pag. ini:44 Pag. fin:45
Olivera Pessano, Ana María       Pag. ini:62 Pag. fin:62
Olmos, Gustavo       Pag. ini:40 Pag. fin:41
Peña Fernández, Daniel       Pag. ini:45 Pag. fin:46
Perco, Joanna       Pag. ini:66 Pag. fin:66
Perrone Cabrera, Álvaro       Pag. ini:41 Pag. fin:41
Posada, Iván       Pag. ini:68 Pag. fin:69
Rodríguez Da Costa Leites, Juan Martín       Pag. ini:67 Pag. fin:68
Rodríguez Gálvez, Carlos       Pag. ini:47 Pag. fin:48
Rodríguez Hunter, Álvaro       Pag. ini:47 Pag. fin:47
Schipani, Felipe       Pag. ini:43 Pag. fin:44
Tort González, Carmen Niria       Pag. ini:66 Pag. fin:67
Varela Nestier, Carlos       Pag. ini:64 Pag. fin:65
05-05-2021 CRR 1411/2021 Fundamento de voto de discusión general. Tomo:0 Página:69 Diario:4336        
Intervenciones: Antonini, Eduardo       Pag. ini:72 Pag. fin:72
Cairo, Cecilia       Pag. ini:70 Pag. fin:70
Mesa, Nicolás       Pag. ini:70 Pag. fin:71
Mier, Sergio       Pag. ini:73 Pag. fin:73
Otero Agüero, Gabriel       Pag. ini:69 Pag. fin:70
Pasquet Iribarne, Ope       Pag. ini:72 Pag. fin:72
Radiccioni Curbelo, Javier       Pag. ini:71 Pag. fin:72
Sodano, Martín       Pag. ini:71 Pag. fin:71
Viera, Nicolás       Pag. ini:71 Pag. fin:71
05-05-2021 CRR 1411/2021 Discusión particular. Tomo:0 Página:69 Diario:4336        
Intervenciones: Olmos, Gustavo       Pag. ini:74 Pag. fin:74
Posada, Iván       Pag. ini:73 Pag. fin:73
Viviano, Álvaro       Pag. ini:75 Pag. fin:75
05-05-2021 CRR 1411/2021 C.RR. sanciona. Tomo:0 Página:77 Diario:4336        
06-05-2021 CSS 438/2021 Entrada a Cámara de Senadores.
06-05-2021 CSS 438/2021 Se ordena distribuido. INTEGRADA: HACIENDA CON ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL Dist.510/0  Creación Proyecto de ley aprobado por Cámara de Representantes Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo Disposiciones Citadas
06-05-2021 CSS 438/2021 Se ordena distribuido. INTEGRADA: HACIENDA CON ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL Dist.511/0  Entre proyecto de ley del Poder Ejecutivo y el proyecto de ley aprobado en nueva forma por Cámara de Representantes
11-05-2021 CSS 438/2021 Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:616 Página:5 Diario:10         INTEGRADA: HACIENDA CON ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL
11-05-2021 CSS 438/2021 Comisión aprueba proyecto. INTEGRADA: HACIENDA CON ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL Nro. de Acta: 1.
Versión Taquigráfica: 517 Informantes: -Informe verbal.. Informante: Botana, Sergio Se vota en general 13 en 13. Afirmativa.UNANIMIDAD Se desglosan artículos 3º y 9º. Se votan en bloque artículos 1º, 2º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 10, 11 y 12. 13 en 13. Afirmativa.UNANIMIDAD. Se vota artículo 3º. 8 en 13. Afirmativa. Se vota artículo 9º. 8 en 13. Afirmativa. El partido Frente Amplio presenta sustitutivos a los artículos 3º y 9º, que no se consideran, por haber sido aprobados los remitidos por Cámara de Representantes. Se consideran los aditivos presentandos al artículo 2º y 7º, ambos se votan. 5 en 13. Negativa.
11-05-2021 CSS 438/2021 Se da cuenta en comisión. INTEGRADA: HACIENDA CON ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL Nro. de Acta: 1.
Versión Taquigráfica: 517
11-05-2021 CSS 438/2021 En comisión ... INTEGRADA: HACIENDA CON ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL Nro. de Acta: 1.
Versión Taquigráfica: 517 Concurren especialmente invitados para considerar el proyecto ingresado: Por Presidencia de la República, Secretario doctor Álvaro Delgado. Por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Subdirector señor José Luis Falero. Por el Ministerio de Economía y Finanzas el señor Subsecretario contador Alejandro Irastorza. Por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministro doctor Pablo Mieres y Subsecretario doctor Mario Arizti. Por el Congreso de Intendentes: Presidente Licencido Profesor. Carmelo Vidalín Intendente de Durazno, Primer Vicepresidente doctor Andrés Lima, Intendente de Salto y Consejeros: técnico en comunicación social César García, Profesor Pedro Apezteguía y señor Carlos Aunchayna. Quienes brindan su opinión sobre el proyecto.
11-05-2021 CSS 438/2021 Se ordena distribuido. INTEGRADA: HACIENDA CON ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL Dist.517/0  Versión taquigráfica de la sesión el día 11 de mayo de 2021. Concurren: Señora Senadora Carmen Asiaín; señores Senadores Germán Coutinho y Juan Sartori; y señor Representante Nacional Álvaro Viviano. Por Presidencia de la República, Secretario doctor Álvaro Delgado. Por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Subdirector señor José Luis Falero. Por el Ministerio de Economía y Finanzas, señor Subsecretario contador Alejandro Irastorza. Por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministro doctor Pablo Mieres y Subsecretario doctor Mario Arizti. Por el Congreso de Intendentes: Presidente, Licenciado Profesor Carmelo Vidalín, Intendente de Durazno, Primer Vicepresidente doctor Andrés Lima, Intendente de Salto, y Consejeros: técnico en comunicación social César García, Profesor Pedro Apezteguía y señor Carlos Aunchayna.
11-05-2021 CSS 438/2021 Se distribuye repartido. Rep.277/0   PDF  PROGRAMA "OPORTUNIDAD LABORAL" Creación
11-05-2021 CSS 438/2021 Se distribuye repartido. Rep.277/1   PDF  PROGRAMA "OPORTUNIDAD LABORAL" Creación
11-05-2021 CSS 438/2021 Se eleva a Secretaría
12-05-2021 CSS 438/2021 Se da cuenta en sala informe de comisión. Tomo:616 Página:183 Diario:11         INTEGRADA: HACIENDA CON ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL
12-05-2021 CSS 438/2021 Discusión general. Tomo:616 Página:221 Diario:11         Se vota afirmativamente, (29 en 29, UNANIMIDAD).-
Intervenciones: Andrade, Oscar       Pag. ini:225 Pag. fin:226
Asiaín, Carmen       Pag. ini:243 Pag. fin:244
Bianchi, Graciela       Pag. ini:238 Pag. fin:238
Botana, Sergio       Pag. ini:221 Pag. fin:223
Botana, Sergio       Pag. ini:231 Pag. fin:231
Botana, Sergio       Pag. ini:248 Pag. fin:249
Brenta Badano, Eduardo Alfonso       Pag. ini:239 Pag. fin:241
Coutinho Rodríguez, Germán       Pag. ini:231 Pag. fin:232
Da Silva, Sebastián       Pag. ini:227 Pag. fin:228
Da Silva, Sebastián       Pag. ini:230 Pag. fin:231
Della Ventura, Amanda       Pag. ini:228 Pag. fin:229
Della Ventura, Amanda       Pag. ini:230 Pag. fin:230
Della Ventura, Amanda       Pag. ini:244 Pag. fin:244
Domenech Martínez, Guillermo José       Pag. ini:229 Pag. fin:230
Domenech Martínez, Guillermo José       Pag. ini:231 Pag. fin:231
Gandini, Jorge       Pag. ini:232 Pag. fin:234
Gandini, Jorge       Pag. ini:241 Pag. fin:241
Kechichian, Liliam       Pag. ini:241 Pag. fin:243
Lanz Adib, Pablo Martín       Pag. ini:245 Pag. fin:246
Lozano Bonet, Raúl       Pag. ini:244 Pag. fin:245
Manini Ríos, Guido       Pag. ini:224 Pag. fin:225
Nane Vincon, Silvia       Pag. ini:235 Pag. fin:235
Niffouri, Amín       Pag. ini:235 Pag. fin:236
Olesker, Daniel       Pag. ini:236 Pag. fin:238
Rodríguez, Gloria       Pag. ini:238 Pag. fin:239
Rodríguez, Gloria       Pag. ini:243 Pag. fin:243
Sanguinetti Masjuan, Carmen       Pag. ini:223 Pag. fin:223
Viera Duarte, Tabaré       Pag. ini:223 Pag. fin:224
12-05-2021 CSS 438/2021 Fundamento de voto de discusión general. Tomo:616 Página:249 Diario:11        
Intervenciones: Álvarez López, María Dolores       Pag. ini:250 Pag. fin:250
Bianchi, Graciela       Pag. ini:249 Pag. fin:250
Mahía, José Carlos       Pag. ini:249 Pag. fin:249
12-05-2021 CSS 438/2021 Discusión particular. Tomo:616 Página:250 Diario:11         Artículos 1º a 12.- Se vota afirmativamente, (27 en 27, UNANIMIDAD).-
12-05-2021 CSS 438/2021 C.SS. sanciona. Tomo:616 Página:250 Diario:11        
20-05-2021 CSS Poder Ejecutivo promulga. Ley Nro: 19952     Texto Original     Texto Actualizado (IMPO)
19-08-2021 CRR 1411/2021 Recepción por parte de Archivo. Folios: 18