Ficha Asunto

Asunto: 1551
Origen: Cámara Representantes - Ayala, Bernardino
Análisis: Se declara de interés general la conservación de la calidad y pureza del aire. Queda prohibido liberar o emitir a la atmósfera, directa o indirectamente, sustancias, materiales o energía, por encima de los límites máximos o en contravención de las condiciones que establezca el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a cuyos efectos tendrá en cuenta los niveles que puedan poner en peligro la salud humana, animal o vegetal, deteriorar el ambiente o provocar riesgos, daños o molestias graves a seres vivos o bienes. El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente podrá: A) Dictar las providencias y aplicar las medidas necesarias para prevenir, impedir, vigilar y corregir la contaminación del aire, las que, cuando correspondiere, deberán adoptarse conforme a lo dispuesto por los acuerdos internacionales aplicables. B) Disponer el tratamiento previo de las emisiones, cualquiera sea su fuente, así como la suspensión preventiva de la actividad presuntamente peligrosa, mientras se realicen los estudios o trabajos dirigidos a impedir la contaminación. Las infracciones a lo dispuesto en los artículos precedentes, serán sancionadas por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, del modo siguiente: A) Con multa, según lo previsto en el artículo 6º de la Ley Nº16.112, de 30 de mayo de 1990, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 453 de la Ley Nº16,170, de 28 de diciembre de 1990. B) Con la caducidad del permiso o habilitación que se hubiere otorgado al infractor, si correspondiere. En caso de infracciones graves o reiteradas por parte de un establecimiento industrial o comercial, el Poder Ejecutivo podrá disponer su clausura temporaria o definitiva, según los casos, previo informe del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
Título: AIRE CALIDAD Y PUREZA. CONSERVACION.
 
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Trámite
06-06-1995 CRR 261/1995 Entrada a Cámara de Representantes.
06-06-1995 CRR 261/1995 Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:699 Página:6 Diario:2493         VIVIENDA Y TERRITORIO
06-06-1995 CRR 261/1995 Texto proyecto inicial. Tomo:699 Página:7 Diario:2493        
07-06-1995 CRR 261/1995 Recepción por parte de Div.Comisiones.
07-06-1995 CRR 261/1995 Se distribuye repartido. Rep.200/0  CONSERVACION DE LA CALIDAD Y PUREZA DEL AIRE. Se declara de interés general.
07-06-1995 CRR 261/1995 Div.Comisiones envía a la Comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO
02-02-2000 CRR 261/1995 Div.Comisiones recibe de la Comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO
02-02-2000 CRR 261/1995 Div.Comisiones remite a Trámite.
22-02-2000 CRR 261/1995 Por artículo 147 del Reglamento de la Cámara de Representantes pasa a archivo. Tomo:0 Página:13 Diario:2859        
02-03-2000 CRR 261/1995 Recepción por parte de Archivo. Folios: 5