Ficha Asunto

Asunto: 16829
Origen: Cámara Representantes - Agazzi, Ernesto; Bellomo, Edgar; Bentancor, Juan José; Blasina, José Luis; Canet, Brum; Castro, Nora; Conde, Roberto; Domínguez, Juan José; Fonticiella, Ramón; Guarino, Gustavo; Ibarra, Doreen Javier; Orrico, Jorge; Percovich, Margarita; Pérez Brito, Darío; Rossi, Víctor; Tourné, Daisy
Análisis: Interprétase que lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 16.824, de 30 de abril de 1997, en lo que hace referencia a la vigencia del artículo 460 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, rige desde el 1º de enero de 1994, siendo de aplicación general para todos los afiliados al BPS. (art. 1) Las prestaciones serán modificadas desde el cese de la actividad en razón del amparo al goce de la jubilación o pensión, pero únicamente se liquidarán haberes por las diferencias resultantes a partir de la sanción de la presente ley. (art. 2) (El presente proyecto busca aplicar la disposición de elevar las jubilaciones con tope 7 salarios mínimos, a 15 salarios mínimos, incrementándolas en 1 salario mínimo nacional por mes. No se pagará retroactividad.)
Título: TOPES JUBILATORIOS AFILIADOS BPS. MODIFICACION.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
16-05-2001 CRR 1183/2001 TOPES JUBILATORIOS AFILIADOS BPS. MODIFICACION.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
SEGURIDAD SOCIAL CRR 1183/2001
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
16-05-2001 CRR Ordinaria . Sesión:24 Diario Nro.2945 - PDF -
12-10-2004 CRR Extraordinaria . Sesión:1 Diario Nro.3233 - PDF - HTML -
22-02-2005 CRR Extraordinaria . Sesión:2 Diario Nro.3239 - PDF - HTML -
06-04-2005 CRR Ordinaria . Sesión:13 Diario Nro.3250 - PDF - HTML -
10-07-2007 CRR Ordinaria . Sesión:31 Diario Nro.3430 - PDF -
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 1183/2001 571/0 HTML  PDF TOPES JUBILATORIOS PARA LOS AFILIADOS AL BANCO DE PREVISION SOCIAL. Modificación.
CRR 1183/2001 571/1 HTML  PDF TOPES JUBILATORIOS PARA LOS AFILIADOS AL BANCO DE PREVISION SOCIAL. Modificación. Informe.
CRR 1183/2001 118/0 HTML  PDF TOPES JUBILATORIOS PARA LOS AFILIADOS AL BANCO DE PREVISION SOCIAL. Modificación.