Ficha Asunto
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Asunto: 17017
Origen: Cámara Representantes -
Amaro Cedrés, Juan Justo; Falco, Alejandro; García Pintos, Daniel; Martínez García, Diego; Máspoli Bianchi, Juan; Penadés, Gustavo; Sande, Adolfo Pedro; Silveira Rodríguez, Héctor Gustavo; Trivel, Wilmer
Análisis: Agrégase como inciso 4º del artículo 28 de la Ley Nº 16.707, de 12 de julio de 1995, el siguiente:
"Se presumirá que el funcionario policial que, en cumplimiento de su deber, repele una agresión física efectuada contra él o un tercero por parte de dos o más personas, actúa en legítima defensa, sin perjuicio de la prueba en contrario".
Título: POLICIA AGREDIDO. LEGITIMA DEFENSA. FIGURA. DETERMINACION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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12-06-2001 | CRR | 1257/2001 | POLICIA AGREDIDO. LEGITIMA DEFENSA. FIGURA. DETERMINACION. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN | CRR | 1257/2001 |
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