Ficha Asunto

Asunto: 18019
Origen: Cámara Representantes - Acosta y Lara, Guzmán; Bosch, Nelson
Análisis: Suspéndase el cobro de las cuotas de los préstamos otorgados por la División Crédito Social (Caja Nacional) del Banco de la República, por el plazo de doce meses, a todos aquellos deudores que hayan operado con la entidad, con fecha anterior al 30 de setiembre de 2001. (art.1) Dicha suspensión será efectiva a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de la promulgación de la presente ley. (art.2)
Título: PRESTAMOS SOCIALES BROU. CUOTA. COBRO. SUSPENSION.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
03-10-2001 CRR 1639/2001 PRESTAMOS SOCIALES BROU. CUOTA. COBRO. SUSPENSION.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
HACIENDA CRR 1639/2001
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
03-10-2001 CRR Ordinaria . Sesión:60 Diario Nro.2982 - PDF - HTML -
05-12-2001 CRR Ordinaria . Sesión:76 Diario Nro.2998 - PDF - HTML -
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 1639/2001 757/0 HTML  PDF CUOTAS DE CREDITOS OTORGADOS POR LA DIVISION CREDITO SOCIAL DEL BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY. Se dispone la suspensión de su cobro por un lapso de doce meses.