Ficha Asunto
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Asunto: 19003
Origen: Cámara Representantes -
Falero, Ricardo; Mieres, Pablo; Posada, Iván
Análisis: Aquellos núcleos familiares que pierdan repentinamente la vivienda que habitan, por razones de fuerza mayor tales como la destrucción por terceros, por accidentes o por hechos de la naturaleza, que la hagan inhabitable tendrán derecho a una solución habitacional provisoria inmediata. (art. 1)
El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente deberá proveer a los núcleos familiares referidos en el artículo 1º, dentro de las 24 horas de producido el hecho, una solución habitacional provisoria. (art. 2)
Dentro del plazo de 6 meses el Ministerio deberá ofrecer al núcleo familiar amparado por este sistema de emergencia una solución habitacional definitiva. (art. 4)
Título: DAMINIFICADO VIVIENDAS DESTRUIDAS ACCIDENTALMENTE. SOLUCION HABITACIONAL. DERECHO.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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12-03-2002 | CRR | 1959/2002 | DAMINIFICADO VIVIENDAS DESTRUIDAS ACCIDENTALMENTE. SOLUCION HABITACIONAL. DERECHO. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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VIVIENDA Y TERRITORIO | CRR | 1959/2002 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
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12-03-2002 | CRR | Ordinaria . Sesión:4 | Diario Nro.3014 - PDF - HTML - |
22-02-2005 | CRR | Extraordinaria . Sesión:2 | Diario Nro.3239 - PDF - HTML - |
16-03-2005 | CRR | Ordinaria . Sesión:9 | Diario Nro.3246 - PDF - HTML - |
23-09-2008 | CRR | Extraordinaria . Sesión:59 | Diario Nro.3536 - PDF - |
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
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CRR | 1959/2002 | 886/0 HTML PDF | NUCLEOS FAMILIARES QUE PIERDAN SU VIVIENDA POR RAZONES DE FUERZA MAYOR. Se establece la obligación de proveerles una solución habitacional transitoria. |
CRR | 1959/2002 | 78/0 HTML PDF | NUCLEOS FAMILIARES QUE PIERDAN SU VIVIENDA POR RAZONES DE FUERZA MAYOR. Se establece la obligación de proveerles una solución habitacional transitoria. |