Ficha Asunto

Asunto: 19217
Origen: Cámara Representantes - Barrios, Artigas A.; Da Silva, Sebastián; Obispo, Ruben; Pais, Gabriel; Perdomo Gamarra, Alberto; Posada, Iván; Rossi, Víctor; Sande, Adolfo Pedro; Sanguinetti, Julio Luis
Análisis: Artículo 1- Se modifica el área fijada por los artículos 2 y 4 de la ley 17.188 de 20 de setiembre de 1999 para que los emprendimientos queden comprendidos en las disposiciones de la referida ley. Artículo 2- Se consideran comprendidos dentro de las disposiciones de la ley 17.188 de 20 de setiembre de 1999 los conjuntos económicos cuya sumatoria de metros superen los ciento cincuenta metros cuadrados. Artículo 3- La Dirección General de Comercio de oficio o a denuncia de parte verificará si los establecimientos comprendidos en la ley 17.188 de 20 de setiembre de 1999 han cumplido con los requisitos establecidos en la referida de ley. En caso de incumplimiento procederá a la clausura del establecimiento. Artículo 4- Los proyectos presentados ante la Comisión Departamental de Protección de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Comercial y Artesanal que sean rechazados según el Art.6 de la Ley 17.188 de 20 de setiembre de 1999, no podrán ser presentados nuevamente por si ni por otra persona jurídica por el término de cuatro años, si se refiere al mismo lugar o dentro de un radio comprendido dentro de la zona de influencia del presentado con anterioridad. No quedan comprendida dentro de esta limitación la documentación presentada para subsanar defectos formales del trámite inicial. Artículo 5- Los Intendentes Municipales no podrán autorizar proyectos gestionados dentro de la ley 17.188 de 20 de setiembre de 1999 en base a contraprestaciones o medidas mitigatorias de la realización por parte del proyectista de obra o servicios. Artículo 6- Se extiende el plazo máximo establecido por el art.4 de la ley 17.188 de 20 de setiembre de 1999, a 40 días.
Título: ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES. INSTALACION O AMPLIACION. NORMAS. MODIFICACION.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
10-04-2002 CRR 2051/2002 ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES. INSTALACION O AMPLIACION. NORMAS. MODIFICACION.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA CRR 2051/2002
INTEGRADA INDUSTRIA_ESP.COMERCIO-2022/02 CRR 2051/2002
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
10-04-2002 CRR Ordinaria . Sesión:9 Diario Nro.3019 - PDF - HTML -
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 2051/2002 915/0 HTML  PDF ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DE GRANDES SUPERFICIES DESTINADOS A LA VENTA DE ARTICULOS ALIMENTICIOS Y DE USO DOMESTICO. Se modifican disposiciones de la Ley Nº 17.188.
Carpetas y Asuntos Asociados
Cuerpo Carpeta/Año Asunto Cuerpo Carpeta/Año Título
CRR 2051/2002 71457 CAMBADU. PROYECTO SOBRE GRANDES SUPERFICIES COMERCIALES. SOLICITUD DE AUDIENCIA.