Ficha Asunto

Asunto: 21664
Origen: Cámara Representantes - Guynot de Boismenú, Alexis; Montaner, Martha; Puñales Brun, Yeanneth
Análisis: El BHU, con apoyo del Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Prevención Social del Delito, administrará la adjudicación de unidades habitacionales de su propiedad, bajo un régimen especial que se crea por esta ley, destinado a la protección inmediata de las víctimas de violencia doméstica. Los derechos son intrasmisibles. (art. 1) El BHU podrá destinar hasta un máximo del 10% de las unidades de su propiedad que se encuentren desocupadas. (art. 2) Las viviendas se entregarán por un plazo máximo de 2 años, de acuerdo con las siguientes modalidades: COMODATO MODAL- ingresos mensuales igual o inferiores a 2 salarios mínimos nacionales. USUFRUCTO ONEROSO- ingresos superiores a 2 salarios mínimos nacionales. ARRENDAMIENTO CON OPCION A COMPRA- el precio mensual del arrendamiento no podrá superar el 25% de los ingresos mensjuales líquidos. (art. 3) Requisitos para acceder al régimen especial. (art. 4) Criterios a priorizar para el acceso a las viviendas: discapacidad física o intelectual, menores, ingresos insuficientes. (art. 5) Calidad de ahorrista habilitado. (art. 6) Obligaciones de las personas amparadas por esta ley. (art. 7) Obligaciones de la Dirección Nacional de Prevención Social del Delito. (art. 8) Obligaciones del BHU. (art. 9) Del cese de los beneficios. (art. 10)
Título: VIVIENDAS BHU. ADJUDICACION VICTIMAS VIOLENCIA DOMESTICA. REGIMEN.
 
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Trámite
01-04-2003 CRR 2886/2003 Entrada a Cámara de Representantes.
01-04-2003 CRR 2886/2003 Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:0 Página:10 Diario:3108         ESPECIAL GENERO Y EQUIDAD-61/00
01-04-2003 CRR 2886/2003 Texto proyecto inicial. Tomo:0 Página:10 Diario:3108        
01-04-2003 CRR 2886/2003 Recepción por parte de Div.Comisiones.
01-04-2003 CRR 2886/2003 Se distribuye repartido. Rep.1229/0     HTML   PDF  VIVIENDAS PARA VICTIMAS DE LA VIOLENCIA DOMESTICA. Se establece un régimen especial de adjudicación.
01-04-2003 CRR 2886/2003 Div.Comisiones envía a la Comisión. ESPECIAL GENERO Y EQUIDAD-61/00
28-07-2003 CRR 2886/2003 En comisión ... ESPECIAL GENERO Y EQUIDAD-61/00 Nro. de Acta: 64.
Se acuerda por unanimidad invitar al Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay a fin de brindar su opinión sobre el proyecto a estudio, para el próximo jueves 7 de agosto, a la hora 15:00
14-02-2005 CRR 2886/2003 Div.Comisiones recibe de la Comisión. ESPECIAL GENERO Y EQUIDAD-61/00 Art. 147
14-02-2005 CRR 2886/2003 Div.Comisiones remite a Trámite.
22-02-2005 CRR 2886/2003 Por artículo 147 del Reglamento de la Cámara de Representantes pasa a archivo. Fue omitido su archivo en el Pliego N° 1, de 22 de febrero de 2005.
19-05-2005 CRR 2886/2003 Recepción por parte de Archivo. Folios: 19