Ficha Asunto
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Asunto: 22057
Origen: Cámara Representantes -
Alonso, Alvaro; Araújo Abimorad, Fernando; Argenzio, Raúl; Arrarte Fernández, Roberto; Berois Quinteros, Ricardo; Borsari Brenna, Gustavo; Bosch, Nelson; Cardozo Ferreira, Julio; Ferreira, Silvia; Gambetta Labandera, Schubert; González Alvarez, Carlos; Ortiz, Francisco; Silveira, Julio C.; Tarallo, Sergio; Trobo, Jaime Mario
Análisis: Artículo 1º- Fíjase un plazo de sesenta días a partir de la vigencia de la presente ley para ampararse al régimen de facilidades de pago para los tributos que recauda el Banco de Previsión Social, generados desde el 1º de abril de 1996 hasta el 30 de abril de 2003.
Artículo 2º- Serán de aplicación las condiciones, requisitos y caducidades previstos en los artículos 4º a 8º de la Ley Nº 17.555, de 18 de setiembre de 2002.
Título: DEUDORES BPS. FACILIDADES PAGO. PLAZO. FIJACION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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27-05-2003 | CRR | 3035/2003 | DEUDORES BPS. FACILIDADES PAGO. PLAZO. FIJACION. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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SEGURIDAD SOCIAL | CRR | 3035/2003 |
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