Ficha Asunto

Asunto: 26118
Origen: Cámara Senadores - Breccia Guzzo, Alberto; Cid, Alberto; Couriel, Alberto; Dalmás, Susana; Korzeniak, José; Lorier, Eduardo; Michelini, Rafael; Nicolini, Leonardo; Percovich, Margarita; Pintado, Enrique; Ríos, Eduardo; Rubio, Enrique; Saravia, Jorge; Topolansky, Lucía; Vaillant, Víctor; Xavier, Mónica
Análisis: Las sociedades cooperativas, cualquiera sea su modalidad, podrán ser integradas por el cónyuge del socio u otro integrante del núcleo familiar, a quienes la sociedad cooperativa le reconocerá el carácter de asociado. Será responsabilidad del socio comunicar en forma fehaciente a los órganos de dirección de la cooperativa, cuál de los integrantes del núcleo familiar ejercerá la representación de la cuota social. (Art. 1).- El reconocimiento de la calidad de socio a dichos miembros del núcleo familiar comprende todos los derechos y obligaciones previstas en las normas y reglamentos aplicables, especialmente, el de ser elector y elegible para los cargos de la cooperativa. (Art. 2).- Se aplicará al régimen cooperativo lo previsto por los artículos correspondientes de la Ley Nro. 10.783, de 18 de setiembre de 1946, en materia de sociedad conyugal. (Art. 3).- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente ley. (Art. 4).-
Título: SOCIEDADES COOPERATIVAS. INTEGRACION Y REPRESENTACION SOCIOS. REGULACION.-
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
16-03-2005 CSS 115/2005 SOCIEDADES COOPERATIVAS. INTEGRACION Y REPRESENTACION SOCIOS. REGULACION.-
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN CSS 115/2005
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
16-03-2005 CSS Ordinaria . Sesión:8 Diario Nro.9 - PDF - HTML -
08-03-2006 CSS Ordinaria . Sesión:2 Diario Nro.77 - PDF - HTML -
Distribuidos
Cuerpo Carpeta/Año Distribuido Texto
CSS 115/2005 35/0 Proyecto de ley con exposición de motivos presentado por las Senadoras Mónica Xavier, Susana Dalmás, Lucía Topolansky y Margarita Percovich y por los Senadores Víctor Vaillant, Alberto Cid, Eduardo Lorier, Enrique Rubio, Jorge Saravia, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, José Korzeniak, Alberto Couriel, Eduardo Ríos, Rafael Michelini y Enrique Pintado.- Disposiciones citadas.-