Ficha Asunto

Asunto: 2862
Origen: Cámara Representantes - Barandiarán, Gabriel; Courtoisie, Gabriel; Falero, Ricardo; Michelini, Rafael; Posada, Iván
Análisis: Sustitúyese el acápite del artículo 115 del Reglamento de la Cámara de Representantes por el siguiente: "Habrá dieciséis Comisiones Permanentes, cuya denominación se determina a continuación:". (art. 1) Sustitúyese el inciso noveno del artículo 115 por el siguiente: "De Industria, Energía y Minería. Fomento industrial, desarrollo energético; concesión de monopolios y legislación sobre minería". (art. 2) Agrégase al artículo 115 el inciso siguiente: "De Turismo. Organización y fomento del turismo, política nacional de turismo, promoción y desarrollo del mismo". (art. 3) La presente modificación entrará en vigencia en la Cuadragésima Quinta Legislatura. (art. 4) Hasta tanto no entre en vigencia la presente modificación, se designará una Comisión Especial de Turismo que durará en su funcionamiento hasta el fin de la presente Legislatura. (Artículo 116 del Reglamento de la Cámara de Representantes).
Título: REGLAMENTO CAMARA REPRESENTANTES. DENOMINACION Y NUMERO COMISIONES PERMANENTES. MODIFICACION.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
05-12-1995 CRR 684/1995 REGLAMENTO CAMARA REPRESENTANTES. DENOMINACION Y NUMERO COMISIONES PERMANENTES. MODIFICACION.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
ASUNTOS INTERNOS CRR 684/1995
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
05-12-1995 CRR Ordinaria . Sesión:59 Diario Nro.2531
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 684/1995 396/0 REGLAMENTO DE LA CAMARA DE REPRESENTANTES. Modificación del artículo 115 en lo referente al número y denominación de las Comisiones Permanentes.