Ficha Asunto
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Asunto: 28626
Origen: Cámara Representantes -
Freira Prado, Carlos Alberto
Análisis: Las instituciones de intermediación financiera que incorporen personal a sus plantillas bajo cualquier modalidad, deberán obligatoriamente incorporar en la misma proporción, cantidad y oportunidad, a los funcionarios bancarios que se encuentren amparados en el seguro de desempleo creado por Ley N° 17.613.
Título: BANCOS. INCORPORACION BANCARIOS SEGURO DESOCUPACION. PORCENTAJE. OBLIGATORIEDAD.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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21-12-2005 | CRR | 738/2005 | BANCOS. INCORPORACION BANCARIOS SEGURO DESOCUPACION. PORCENTAJE. OBLIGATORIEDAD. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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LEGISLACIÓN DEL TRABAJO | CRR | 738/2005 |
Sesiones