Ficha Asunto

Asunto: 3171
Origen: Cámara Representantes - Da Rosa Viñoles, Eber
Análisis: No pierden el derecho a la Pensión a la Vejez o Invalidez, los ciudadanos uruguayos que residan en la República Federativa del Brasil a una distancia no mayor a los cinco kilómetros del límite fronterizo con Uruguay. Facúltese al Banco de Previsión Social a exigir la presentación, cada tres meses, de la constancia de domicilio de los beneficiarios a que refiere el artículo 1º, la que será expedida por la autoridad policial o consular uruguayo de la ciudad donde se encuentren radicados.
Título: PENSION VEJEZ O INVALIDEZ. DERECHO RESIDENTES FRONTERA CON BRASIL.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
20-12-1995 CRR 712/1995 PENSION VEJEZ O INVALIDEZ. DERECHO RESIDENTES FRONTERA CON BRASIL.
16-06-1997 CSS 741/1997 PENSION VEJEZ O INVALIDEZ. RESIDENTES FRONTERA BRASIL Y ARGENTINA. DERECHO.-
04-12-1997 CRR 712/1995 PENSION VEJEZ O INVALIDEZ. DERECHO RESIDENTES FRONTERA CON BRASIL.
Sanciones
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Trámite
10-06-1997 CRR 712/1995 C.RR. sanciona.
02-12-1997 CSS 741/1997 C.SS. modifica.
01-04-1998 CRR 712/1995 C.RR. sanciona.
13-04-1998 Poder Ejecutivo promulga.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
SEGURIDAD SOCIAL CRR 712/1995
ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL CSS 741/1997
HACIENDA CSS 741/1997
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
20-12-1995 CRR Especial . Sesión:1 Diario Nro.2535
16-07-1996 CRR Ordinaria . Sesión:26 Diario Nro.2567
10-06-1997 CRR Ordinaria . Sesión:34 Diario Nro.2649
17-06-1997 CSS Ordinaria . Sesión:30 Diario Nro.169 - PDF - HTML -
12-08-1997 CSS Ordinaria . Sesión:43 Diario Nro.182 - PDF - HTML -
04-12-1997 CRR Extraordinaria . Sesión:88 Diario Nro.2703
02-12-1997 CSS Ordinaria . Sesión:71 Diario Nro.210 - PDF - HTML -
01-04-1998 CRR Ordinaria . Sesión:9 Diario Nro.2720
Distribuidos
Cuerpo Carpeta/Año Distribuido Texto
CSS 741/1997 1742/0 Versión taquigráfica de la sesión del día 17 de noviembre de 1997. (Comunicación al Plenario de la resolución adoptada).
CSS 741/1997 1742/0 Versión taquigráfica de la sesión del día 17 de noviembre de 1997. (Comunicación al Plenario de la resolución adoptada).
CSS 741/1997 1471/0 Versión taquigráfica de la sesión del día 14 de julio de 1997.-
CSS 741/1997 1413/0 Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes.-
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 712/1995 413/1 PENSION A LA VEJEZ O INVALIDEZ. Se establece que los ciudadanos uruguayos residentes en la República Federativa del Brasil, a no más de cinco kilómetros de la frontera con nuestro país, no pierden el derecho a ella. Informe.
CSS 741/1997 434/0  PDF PENSIÓN A LA VEJEZ O INVALIDEZ. CIUDADANOS RESIDENTES HASTA CINCO QUILÓMETROS DE LA FRONTERA NO PIERDEN EL DERECHO.
CSS 741/1997 434/1  PDF PENSIÓN A LA VEJEZ O INVALIDEZ. CIUDADANOS RESIDENTES HASTA CINCO QUILÓMETROS DE LA FRONTERA NO PIERDEN EL DERECHO.
CRR 712/1995 413/2 PENSION A LA VEJEZ O INVALIDEZ. Se establece que los ciudadanos uruguayos residentes en la Repñublica Federativa del Brasil, a no más de cinco kilómetros de la frontera con nuestro país, no pierden el derecho a ella. Modificaciones del Senado.
CRR 712/1995 413/3 PENSION A LA VEJEZ O INVALIDEZ. Se establece que los ciudadanos uruguayos residentes en la República Federativa del Brasil, a no más de cinco kilómetros de la frontera con nuestro país, no pierden el derecho a ella. Modificaciones del Senado. Informe.
Textos Aprobados
Fecha Cuerpo Título
10-06-1997 CRR PENSION VEJEZ O INVALIDEZ. DERECHO RESIDENTES FRONTERA CON BRASIL.
02-12-1997 CSS PENSION VEJEZ O INVALIDEZ. DERECHO RESIDENTES FRONTERA CON BRASIL.
01-04-1998 CRR PENSION VEJEZ O INVALIDEZ. DERECHO RESIDENTES FRONTERA CON BRASIL.
Ley
Ley Texto Original Texto Actualizado
16929 Texto IMPO