Ficha Asunto

Asunto: 37364
Origen: Cámara Senadores - Antognazza, Milton; Arana, Mariano; Baráibar, Carlos; Couriel, Alberto; Dalmás, Susana; Fernández Huidobro, Eleuterio; Lorier, Eduardo; Michelini, Rafael; Mujica, José; Percovich, Margarita; Ríos, Eduardo; Saravia, Jorge; Topolansky, Lucía; Vaillant, Víctor; Xavier, Mónica
Análisis: Artículo 1º.- Las empresas que emiten señales uruguayas de televisión (TV), tanto abiertas como por abonados, públicas o privadas, únicamente podrán difundir la publicidad electoral regulada en el presente capítulo, sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley Nº 17.045, de 14 de diciembre de 1998. Se prohíbe la contratación adicional de publicidad electoral en los citados medios, entendiento por tal la señalada en el artículo 2 de la Ley Nº 17.045. A los efectos de la presente ley se entienden como señales uruguayas las que se emitan desde el territorio nacional.-
Título: TELEVISION. EMPRESAS SEÑALES URUGUAYAS. PUBLICIDAD ELECTORAL. REGULACIÓN.-
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
04-11-2008 CSS 1377/2008 TELEVISION. EMPRESAS SEÑALES URUGUAYAS. PUBLICIDAD ELECTORAL. REGULACIÓN.-
11-08-2009 CRR 3406/2009 PUBLICIDAD ELECTORAL CANALES TELEVISION. REGULACION. INTERES NACIONAL. DECLARACION.
Sanciones
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Trámite
05-08-2009 CSS 1377/2008 C.SS. sanciona.
Comisiones
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
04-11-2008 CSS Ordinaria . Sesión:55 Diario Nro.251 - PDF - HTML -
05-08-2009 CSS Ordinaria . Sesión:25 Diario Nro.295 - PDF - HTML -
11-08-2009 CRR Ordinaria . Sesión:34 Diario Nro.3602 - PDF -
02-03-2010 CRR Extraordinaria . Sesión:2 Diario Nro.3630 - PDF - HTML -
Distribuidos
Cuerpo Carpeta/Año Distribuido Texto
CSS 1377/2008 3311/0 CAR HTML Versión taquigráfica de la sesión del día 28 de julio de 2009.-
CSS 1377/2008 3016/0 CAR HTML Versión taquigráfica de la sesión del día 22 de diciembre de 2008.-
CSS 1377/2008 3011/0 CAR HTML Versión taquigráfica de la sesión del día 18 de diciembre de 2008.-
CSS 1377/2008 2942/0 CAR HTML Versión taquigráfica de la sesión de 20 de noviembre de 2008; con: Presidente de ANDEBU, doctor Rafael Inchausti, y asesores doctora Ana Silva, Andrés Lerena y Omar Sosa.-
CSS 1377/2008 2926/0 CAR HTML Versión taquigráfica de la sesión del día 13 de noviembre de 2008.-
CSS 1377/2008 2901/0 Proyecto de ley con exposición de motivos de las señoras Senadoras Susana Dalmás, Margarita Percovich, Lucía Topolansky y Mónica Xavier y los señores Senadores Milton Antognazza, Mariano Arana, Carlos Baraibar, Alberto Couriel, Eleuterio Fernández Huidobro, Eduardo Lorier, Rafael Michelini, José Mujica, Eduardo Ríos, Jorge Saravia y Víctor Vaillant. Disposiciones citadas.-
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CSS 1377/2008 1104/0  PDF PUBLICIDAD ELECTORAL EN LAS EMPRESAS QUE EMITEN SEÑALES URUGUAYUAS DE TELEVISIÓN. REGULACIÓN.
CSS 1377/2008 1104/1  PDF PUBLICIDAD ELECTORAL EN LAS EMPRESAS QUE EMITEN SEÑALES URUGUAYAS DE TELEVISIÓN. REGULACIÓN.
CRR 3406/2009 1646/0 HTML  PDF PUBLICIDAD ELECTORAL EN EMPRESAS QUE EMITEN SEÑALES URUGUAYAS DE TELEVISION. Regulación.
Textos Aprobados
Fecha Cuerpo Título
05-08-2009 CSS TELEVISION. EMPRESAS SEÑALES URUGUAYAS. PUBLICIDAD ELECTORAL. REGULACIÓN.-