Asunto: 37860
Origen: Poder Ejecutivo -
Análisis: Artículo 1º.- Todas las personas físicas o jurídicas sujetas al control del Banco Central del Uruguay estarán obligadas a informar las transacciones, realizadas o no, que en los usos y costumbres de la respectiva actividad, resulten inusuales, se presenten sin justificación económica o legal evidente o se planteen con una complejidad inusitada o injustificada. También deben ser informadas las transacciones financieras que involucren activos sobre cuya procedencia existan sospechas de ilicitud, a efectos de prevenir el delito de lavado de activos tipificado en los artículos 543 y siguientes del Decreto-Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974 -incorporados por el artículo 5º de la Ley 17.016, de 22 de octubre de 1998 - y de prevenir asimismo el delito tipificado en el artículo 16 de la presente ley. En este último caso, la obligación de informar alcanza incluso a aquellas operaciones que aún involucrando activos de origen lícito- se sospeche que están vinculadas a las pesonas físicas o jurídicas comprendidas en el artículo 16 de la presente ley o destinados a financiar cualquier actividad terrorista.
La informción deberá comunicarse a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Banco Central del Uruguay, en la forma que éste reglamentará.
La obligación de informar comprenderá asimismo a: i) las empresas que presten servicios de arrendamiento y custodia de cofres de seguridad, de trnsporte de valores y de transferencia o envío de fondos, ii) los fiduciarios profesionales y iii) las personas físicas o jurídicas que, en forma profesional, presten desde Uruguay asesoramiento en materia de inversiones, colocaciones y otros negocios financieros a clientes, cualesquiera sea su residencia o nacionalidad. La supervisión de la actividad de estos sujetos obligados estará a cargo del Banco Central del Uruguay.
El incumplimiento de la obligación de informar, determinará la aplicación, según las cirunstancias del caso, de las sanciones y medidas administrativas previstas en el Decreto-ley 15.322, de 17 de setiembre de 1982, con la redacción dada por la ley 16.327 de 11 de noviembre de 1992 y las modificaciones introducidas por las leyes 17.523 de 4 de agosto de 2002 y 17.613 de 27 de diciembre de 2002.
Título: LAVADO ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO TERRORISMO. CONTROL Y PREVENCION. NORMAS. MODIFICACION.
Entradas
Fecha |
Cuerpo |
Carpeta/Año |
Entrada |
19-12-2008 |
CSS |
1426/2008 |
LAVADO ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO TERRORISMO. CONTROL. PREVENCION. |
19-12-2008 |
A.G. |
2008 |
LAVADO ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO TERRORISMO. CONTROL Y PREVENCION. NORMAS. MODIFICACION. |
02-06-2009 |
CRR |
3293/2009 |
LAVADO ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO TERRORISMO. CONTROL Y PREVENCION. NORMAS. MODIFICACION. |
Sanciones
Fecha |
Cuerpo |
Carpeta/Año |
Trámite |
12-05-2009 |
CSS |
1426/2008 |
C.SS. sanciona. |
03-06-2009 |
CRR |
3293/2009 |
C.RR. sanciona. |
05-06-2009 |
|
|
Poder Ejecutivo promulga. |
Sesiones
Fecha |
Cuerpo |
Sesión |
Diario Sesión |
29-12-2008 |
CSS |
Extraordinaria . Sesión:68 |
Diario Nro.264 - PDF - HTML - |
12-05-2009 |
CSS |
Ordinaria . Sesión:12 |
Diario Nro.282 - PDF - HTML - |
02-06-2009 |
CRR |
Ordinaria . Sesión:19 |
Diario Nro.3587 - PDF - |
03-06-2009 |
CRR |
Ordinaria . Sesión:20 |
Diario Nro.3588 - PDF - |
Distribuidos
Cuerpo |
Carpeta/Año |
Distribuido |
Texto |
CSS |
1426/2008 |
3157/0 CAR HTML |
Versión taquigráfica de la sesión del día 5 de mayo de 2009.- |
CSS |
1426/2008 |
3147/0 |
Versión taquigráfica de la sesión del día 28 de abril de 2009.- |
CSS |
1426/2008 |
3095/0 CAR HTML |
Versión taquigráfica de la sesión del día 31 de marzo de 2009; con: Doctor Jorge Díaz, doctora Graciela Gatti y Ministro del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, doctor Dardo Preza.- |
CSS |
1426/2008 |
3067/0 CAR HTML |
Versión taquigráfica de la sesión del día 17 de marzo de 2009; con: Por la Cámara de Zonas Francas del Uruguay, Presidente contador Daniel Carriquiry, Secretario señor Néstor Nemer y señor Ruben Martínez.- |
CSS |
1426/2008 |
3065/0 |
Disposiciones citadas.- |
CSS |
1426/2008 |
3057/0 |
Legislación vigente - Proyecto de ley del Poder Ejecutivo.- |
CSS |
1426/2008 |
3019/0 |
Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo.- |
Repartidos
Cuerpo |
Carpeta/Año |
Repartido |
Texto |
CSS |
1426/2008 |
1036/0 PDF |
PREVENSIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. SE MODIFICAN LA LEY Nº 17.835, DE 23 DE SETIEMBRE DE 2004 Y EL DECRETO-LEY Nº 14.294, DE 31 DE OCTUBRE DE 1974 |
CSS |
1426/2008 |
1036/1 PDF |
PREVENSIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. SE MODIFICAN LA LEY Nº 17.835, DE 23 DE SETIEMBRE DE 2004 Y EL DECRETO-LEY Nº 14.294, DE 31 DE OCTUBRE DE 1974 |
CSS |
1426/2008 |
1036/2 PDF |
PREVENSIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. COMPARATIVO |
CRR |
3293/2009 |
1579/0 HTML PDF |
PREVENCION Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. Normas. |
Textos Aprobados
Fecha |
Cuerpo |
Título |
12-05-2009 |
CSS |
LAVADO ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO TERRORISMO. CONTROL Y PREVENCION. NORMAS. MODIF |
03-06-2009 |
CRR |
LAVADO ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO TERRORISMO. CONTROL Y PREVENCION. NORMAS. MODIF |
Ley
Ley |
Texto Original |
Texto Actualizado |
18494 |
Texto |
IMPO |
Carpetas y Asuntos Asociados