Ficha Asunto
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Asunto: 5243
Origen: Cámara Representantes -
Barandiarán, Gabriel; Courtoisie, Gabriel; Falero, Ricardo; Michelini, Felipe; Posada, Iván
Análisis: Comprende empresas que cuenten con más de veinticinco trabajadores y que prevea extinción de contratos de trabajo afectando por lo menos al 25% de la totalidad del personal empleado.
Información previa a representantes de los trabajadores y Junta Nacional de Empleo.
La empresa deberá considerar prioritariamente a los trabajadores jefes de hogar para que conserven sus contratos de trabajo. (Estos podrán ser beneficiarios de los programas de capacitación laboral a cargo de la Junta Nacional de Empleo, aún si no tuvieren derecho a acogerse al subsidio por desempleo establecido por el Decreto-Ley Nº 15.180.
El incumplimiento de las disposiciones establecidas se sancionará según los artículos 289, 290 y 291 de la Ley Nº 15.103.
Título: DESPIDO COLECTIVO TRABAJADORES. REGULACION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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03-09-1996 | CRR | 1243/1996 | DESPIDO COLECTIVO TRABAJADORES. REGULACION. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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LEGISLACIÓN DEL TRABAJO | CRR | 1243/1996 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
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03-09-1996 | CRR | Ordinaria . Sesión:38 | Diario Nro.2580 |
22-02-2000 | CRR | Extraordinaria . Sesión:2 | Diario Nro.2859 - PDF - |
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
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CRR | 1243/1996 | 564/0 | DESPIDO COLECTIVO DE TRABAJADORES. Normas. |