Ficha Asunto

Asunto: 5867
Origen: Cámara Representantes - Pose González, Miguel Angel
Análisis: Declárase que los pensionistas a la vejez e invalidez estarán comprendidos en el régimen de subsidio para expensas funerarias, previsto en la Sección IV del Acto Institucional Nº9, de 23 de octubre de 1979. (art. 1) Modifícase parcialmente el artículo 46 del Acto Institucional Nº9, de 23 de octubre de 1979, para incluir dentro de los generadores del subsidio para expensas funerarias a los pensionistas por vejez e invalidez. (art. 2) Con el mismo propósito establecido en el artículo anterior, modifíquese parcialmente el segundo inciso del artículo 47 del referido Acto Institucional Nº9 donde quedarán incluidos también los pensionistas por vejez e invalidez. (art. 3)
Título: PENSIONISTAS VEJEZ E INVALIDEZ. SERVICIO FUNEBRE. SUBSIDIO.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
01-10-1996 CRR 1319/1996 PENSIONISTAS VEJEZ E INVALIDEZ. SERVICIO FUNEBRE. SUBSIDIO.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
SEGURIDAD SOCIAL CRR 1319/1996
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
01-10-1996 CRR Extraordinaria . Sesión:47 Diario Nro.2590
29-06-1999 CRR Extraordinaria . Sesión:34 Diario Nro.2827
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 1319/1996 602/0 PENSIONISTAS A LA VEJEZ E INVALIDEZ. Se les declara incluidos en las normas de la Sección IV del Acto Institucional Nº 9, sobre régimen de subsidio para expensas funerarias.