Ficha Asunto
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Asunto: 7321
Origen: Cámara Representantes -
Abelenda, Marcos; Arregui, Roque; Balbi, Pedro; Baráibar, Carlos; Barreiro, Raquel; Bayardi, José; Bolla Collazo, Luis Alberto; Canet, Brum; Charlone, Silvana; Chifflet, Guillermo; Coll Cunillera, Jorge J.; Díaz Maynard, Daniel; Fontes Volpi, Luis R.; Gallo Imperiale, Luis José; Gamou, Carlos; Guerrini Riestra, Aldo Ulises; Legnani, Ramón; Mahía, José Carlos; Matos Pugliese, Julio C.; Obispo, Ruben; Orrico, Jorge; Pérez Brito, Darío; Pita, Carlos; Quartino Croce, Jorge; Rodríguez Crespo, José Pedro; Rubio, Enrique; Semproni, Víctor; Solís, Marisa; Tourné, Daisy; Vieytes Flous, Julio César
Análisis: La Cámara comunica al Ministerio de Educación y Cultura con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública que debe cumplirse con el literal a) del artículo 566 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, no desatendiendo su tenor literal, motivo por el cual la compensación del 7,5 % por titulación comprende a todos los profesores egresados del Instituto Superior de Educación Física.
En función de lo anterior, deben tomarse las medidas correpsondientes para hacer efectiva la mencionada compensación a partir del momento en que lo establece la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.
Organismos: PODER EJECUTIVO
Título: PROFESORES ISEF. COMPENSACION PRESUPUESTAL. INCLUSION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
---|---|---|---|
06-05-1997 | CRR | 1723/1997 | PROFESORES ISEF. COMPENSACION PRESUPUESTAL. INCLUSION. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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PRESUPUESTOS | CRR | 1723/1997 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
---|---|---|---|
06-05-1997 | CRR | Ordinaria . Sesión:19 | Diario Nro.2634 |
22-02-2000 | CRR | Extraordinaria . Sesión:2 | Diario Nro.2859 - PDF - |
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
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CRR | 1723/1997 | 728/0 | PROFESORES EGRESADOS DEL INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION FISICA. Se consideran comprendidos en la compensación establecida en el literal a) del artículo 566 de la Ley Nº 16.736. Minuta de comunicación. |