Ficha Asunto

Asunto: 81445
Origen: Cámara Representantes - Alvarez, Guillermo; Arrillaga, José Servando; Bayardi, José; Beramendi, Carmen; Bertacchi, Carlos; Bertolini, Luis Batlle; Borges Abemorad, Thelman; Caputi Rodríguez, Tabaré Angel; Carámbula Volpi, Gonzalo; Chifflet, Guillermo; Cores Pérez, Hugo Andrés; Couriel, Alberto; Da Silva Tavares, Armando; Díaz Chávez, José E.; Fau, Yamandú; González Perla, Humberto A.; Guadalupe Chocho, Ramón I.; Guerra Caraballo, Antonio; Hierro López, Luis A.; Ibarra, Doreen Javier; Legnani, Ramón; Lescano, Héctor; Lev, León; Martorell Librán, Abayubá; Melo Santa Marina, Eden; Michelini, Rafael; Molinelli, Ricardo; Pereira Pabén, Ramón; Pita, Carlos; Pozzolo, Luis Bernardo; Previtali Roballo, Sergio; Prieto Prieto, Baltasar; Rodino Varela, Eduardo; Rodríguez Camusso, A. Francisco; Sanabria, Wilson; Sanseviero, Rafael; Saravia Olmos, Diana; Sarthou, Helios; Silveira, Aldorio; Sosa Acosta, Heriberto; Stirling, Guillermo; Toriani, Andrés
Análisis: - Con el fin de buscar un mejoramiento significativo de la eficiencia de los servicios estatales públicos, sociales, industriales y comerciales. Se define EFICIENCIA. Instrumentos: a) perfeccionamiento dirección organismos públicos. b) mejoramiento régimen ascensos e ingreso de personal. c) modificación de normas que retarden decisiones. d) descentralización territorial de facultades. e) creación de DEFENSORIA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES. (a. 1) - Mandato y condiciones de los Directores de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados. (a. 2) - Condiciones funcionales y técnicas de los Directores. (a. 3) - El representante de los trabajadores del respectivo organismo, será electo por el personal, por voto secreto. (a. 4) - Responsabilidades del representante de los trabajadores. (a. 5) - Se crean Comisiones representativas del personal que colaborarán con el Directorio respectivo. Estarán compuestas por 10 miembros: un representante del Directorio y 9 del personal. En la elección de estos últimos deberá participar un mínimo del 70% del personal del ente, para que la misma sea válida y eficaz. (a. 6 a 9) - Condiciones de los representantes del personal. (a. 10 y 11) - Facultades de la Comisión. (a. 12 a 15) - Obligaciones de los Directorios. (a. 16 a 18) - Sistema de ASCENSOS en la Administración Pública. (a. 19) - INGRESOS (designación o contratación) a la Administración Pública (Central y Descentralizada). (a. 20) - La Oficina de Planeamiento y Presupuesto formará una Comisión Sectorial para la creación de fuentes de trabajo. (a. 21) - Régimen de CONTRATACIONES en los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados. (a. 23) - Desconcentración territorial relativa a decisiones operativas de las jerarquías. (a. 24) - Coordinación sistemática de grupos de Entes Autónomos y Servicios Descentralizados. (a. 25) - Sobre la DEFENSORIA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES. (a. 26) - Quedan excluidos de la presente ley los organismos de enseñanza que se rigen por sus normas especiales. (a. 28)
Título: ORGANISMOS PUBLICOS. EFICIENCIA. MEJORAMIENTO.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
11-09-1991 CRR 1455/1991 ORGANISMOS PUBLICOS. EFICIENCIA. MEJORAMIENTO.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
ESPECIAL EMPRESAS PUBLICAS (91) CRR 1455/1991
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
11-09-1991 CRR Ordinaria . Sesión:45 Diario Nro.2216
01-11-1994 CRR Extraordinaria . Sesión:2 Diario Nro.2461
Distribuidos
Cuerpo Carpeta/Año Distribuido Texto
CRR 1455/1991 793/0 EMPRESAS PUBLICAS. Normas para mejorar su eficiencia.
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 1455/1991 433/0 EMPRESAS PUBLICAS. Normas para mejorar su eficiencia.