Ficha Asunto

Asunto: 81727
Origen: Cámara Representantes - Ferrari Sánchez, Hugo
Análisis: Se comete al Poder Ejecutivo la elaboración mensual de un Indice Medio de Salarios Públicos y de un Indice Medio de Salarios Privados. Se excluyen los regímenes de ocupación estacional o zafral, los trabajadores rurales y los ingresos por pasividades. A partir del 1° de enero de 1993 el valor de la Unidad Reajustable creado por el inc. primero del artículo 38 de la Ley N° 13.728, de 17 de diciembre de 1968, se corregirá mensualmente según la variación menor de las que registren los citados Indices.
Título: INDICE MEDIO SALARIOS PRIVADOS Y PUBLICOS. FIJACION MENSUAL. DETERMINACION.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
06-10-1992 CRR 2292/1992 INDICE MEDIO SALARIOS PRIVADOS Y PUBLICOS. FIJACION MENSUAL. DETERMINACION.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
HACIENDA CRR 2292/1992
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
06-10-1992 CRR Ordinaria . Sesión:54 Diario Nro.2300
07-03-1995 CRR Ordinaria . Sesión:2 Diario Nro.2471
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 2292/1992 715/0 INDICE MEDIO DE SALARIOS PUBLICOS E INDICE MEDIO DE SALARIOS PRIVADOS. Se comete al Poder Ejecutivo su elaboración en forma mensual.