Ficha Asunto
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Asunto: 81756
Origen: Cámara Representantes -
Fernández De Avila, Otto
Análisis: - Se autoriza al Poder Ejecutivo a enajenar a sus arrendatarios y ocupantes los terrenos fiscales ubicados en el padrón Nº1470, de la 1a. Sección Judicial de Artigas, paraje "Potrero del Pintado".
(art.1)
- El precio de venta será fijado por el Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado.
(art.2)
- Estos terrenos no podrán ser enajenados, arrendados, dados en comodato, o desvincularse en cualquier forma, sea total o parcial, por sus adquirentes, antes de transcurridos 5 años de haber quedado cancelado su precio total.
(art.3)
- Excepciones a la prohibición del artículo anterior.
(art.4)
- El producido de las enajenaciones se aplicará al mejoramiento del catastro nacional, que llevará a cabo la DGI. (art.6)
Título: INMUEBLE POTRERO DEL PINTADO (ARTIGAS). ENAJENACION. AUTORIZACION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
---|---|---|---|
03-11-1992 | CRR | 2369/1992 | INMUEBLE POTRERO DEL PINTADO (ARTIGAS). ENAJENACION. AUTORIZACION. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
---|---|---|
CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN | CRR | 2369/1992 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
---|---|---|---|
03-11-1992 | CRR | Ordinaria . Sesión:65 | Diario Nro.2311 |
07-03-1995 | CRR | Ordinaria . Sesión:2 | Diario Nro.2471 |
09-05-1995 | CRR | Ordinaria . Sesión:17 | Diario Nro.2486 |
10-05-1995 | CRR | Ordinaria . Sesión:18 | Diario Nro.2487 |
21-05-1998 | CRR | Extraordinaria . Sesión:19 | Diario Nro.2732 |
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
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CRR | 2369/1992 | 752/0 | INMUEBLE EMPADRONADO EN MAYOR AREA CON EL Nº 1470, UBICADO EN LA 1ra. SECCION JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE ARTIGAS. Se autoriza al Poder Ejecutivo a enajenarlo a los arrendatarios y ocupantes del mismo al 1º de junio de l992. |
CRR | 2369/1992 | 187/0 | INMUEBLE EMPADRONADO EN MAYOR AREA CON EL Nº 1479, UBICADO EN LA 1ra. SECCION JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE ARTIGAS. Se autoriza al Poder Ejecutivo a enajenarlo a los arrendatarios y ocupantes del mismo al 1º de junio de 1992. |