Ficha Asunto
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Asunto: 89236
Origen: Cámara Representantes -
Riesgo, Walter
Análisis: Se modifica el artículo 133 del Reglamento de la Cámara de Representantes referente al asesoramiento de las Comisiones.
Previa autorización de la Comisión respectiva, el Legislador solicitante podrá ser asistido por un técnico de su conocimiento, el que concurrirá a las reuniones no teniendo derecho ni a voz ni a voto, ni generando erogación para el Cuerpo.
Título: COMISIONES CAMARA REPRESENTANTES. TECNICO ASESOR. AUTORIZACION ASISTENCIA.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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15-06-1993 | CRR | 2736/1993 | COMISIONES CAMARA REPRESENTANTES. TECNICO ASESOR. AUTORIZACION ASISTENCIA. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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ASUNTOS INTERNOS | CRR | 2736/1993 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
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15-06-1993 | CRR | Ordinaria . Sesión:22 | Diario Nro.2345 |
07-03-1995 | CRR | Ordinaria . Sesión:2 | Diario Nro.2471 |
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
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CRR | 2736/1993 | 918/0 | REGLAMENTO DE LA CAMARA DE REPRESENTANTES. Modificación del artículo 133, referente al asesoramiento solicitado por las Comisiones. |