Ficha Asunto
Primary tabs
Asunto: 89964
Origen: Cámara Representantes -
Delgado Sicco, Daniel Hugo
Análisis: Se declaran electivos los cargos de todas las Juntas Locales Autónomas de la República constituidas como tales a la fecha de promulgarse la presente ley.
Los límites de las jurisdicciones electorales correspondientes a las Juntas Locales Autónomas comprendidas en el artículo lº serán los mismos establecidos en la actualidad.
Los miembros de las Juntas Locales Autónomas serán electos en el próximo período electoral directamente por los ciudadanos inscriptos en la jurisdicción electoral corespondiente.
Título: JUNTAS LOCALES AUTONOMAS. CARGOS ELECTIVOS. DECLARACION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
---|---|---|---|
18-08-1993 | CRR | 2844/1993 | JUNTAS LOCALES AUTONOMAS. CARGOS ELECTIVOS. DECLARACION. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
---|---|---|
CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN | CRR | 2844/1993 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
---|---|---|---|
18-08-1993 | CRR | Ordinaria . Sesión:37 | Diario Nro.2360 |
07-03-1995 | CRR | Ordinaria . Sesión:2 | Diario Nro.2471 |
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
---|---|---|---|
CRR | 2844/1993 | 977/0 | JUNTAS LOCALES AUTONOMAS. Se declaran electivos los cargos de las existentes en todo el país. |