Ficha Asunto

Asunto: 95667
Origen: Cámara Representantes - Ipharraguerre, Guillermo
Análisis: Se sustituyen los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 16.011, de 19 de diciembre de 1988. En el proceso de amparo sólo serán apelables la sentencia definitiva y la que rechaza la acción por ser manifiestamente improcedente.
Título: ACCION AMPARO. REGIMEN. MODIFICACION.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
10-03-1994 CRR 3205/1994 ACCION AMPARO. REGIMEN. MODIFICACION.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN CRR 3205/1994
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
10-03-1994 CRR Extraordinaria . Sesión:8 Diario Nro.2408
07-03-1995 CRR Ordinaria . Sesión:2 Diario Nro.2471
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CRR 3205/1994 1139/0 ACCION DE AMPARO. Sustitución de los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 16.011, de 19 de diciembre de 1988.