Tribunal de Apelaciones ratifica sentencia: mejorarán alimentación en COMCAR

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“Un paso institucional importante: antes de fin de año deben verse cambios en alimentación de las 5.000 personas que están en COMCAR”.

 

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno, integrado por los doctores Dr. Daniel Tapie Santarelli, Beatriz Larrieu de las Carreras y Ricardo H. Míguez Isbarbo, resolvió el pasado 20 de Junio ratificar parcialmente la sentencia del Juzgado de Ejecución Penal de 4º Turno que ordenó al Ministerio del Interior y su Instituto Nacional de Rehabilitación a “planificar e implementar un plan de mejoras en el proceso de gestión de la alimentación en la Unidad No. 4 COMCAR” que incluía una serie de medidas reclamadas por el Comisionado Parlamentario Penitenciario, en base a relevamientos hechos junto a la Escuela de Nutrición de la Universidad de la República.

 

Apelada la sentencia por el Ministerio del Interior, el Tribuna ratificó la amplia mayoría de las medidas concretas planteadas, que referían a aumento de los insumos, mejoras edilicias, medidas bromatológicas, capacitación de los internos, mejoras en el transporte, incremento de los insumos alimenticios y mejoras en el  almacenamiento y distribución de los alimentos, señalando que: “El Estado - Ministerio del Interior - INR deberá implementar un Plan de Mejoras en el proceso de gestión de la alimentación en la Unidad n° 4 que incluya como mínimo los siguientes puntos: 

 

1) Asegurar una alimentación adecuada a todas las personas privadas de libertad, de acuerdo a los estándares nutricionales de uso en cantidad y calidad, con inclusión de todos los grupos de alimentos recomendados por el MSP y teniendo presente las pautas establecidas en el informe realizado sobre la gestión de la alimentación en la Unidad N° 4 por los técnicos de la Escuela de Nutrición de la UdelaR en el año 2022. 

 

2) Asegurar una porción equitativa de carne a todas las ppls y aumentar el stock de arroz y fideos. 

 

3) Asegurar el menú especial para las patologías más prevalentes en las personas privadas de libertad. 

 

4) Adecuar las obras que se están iniciando para la construcción de una nueva cocina a las disposiciones establecidas en el Decreto N° 315/1994 Reglamento Bromatológico Nacional. 

 

5) Mejorar y acondicionar adecuadamente el área de almacenamiento de alimentos, así como las instalaciones eléctricas de la planta física destinada a la preparación de alimentos. 

 

6) Capacitar a las personas privadas de libertad involucradas en todo el proceso de gestión de alimentos, tal como se solicita en petitorio de la demanda. 

 

7) Proveer de equipamiento adecuado a las personas privadas de libertad que cumplen tareas en la preparación o distribución de alimentos. 

 

8) Dotar de equipamiento necesario para la preparación de alimentos (ollas, cucharones, manoplas), sustituir las ollas en las que se traslada el alimento por contenedores isotérmicos o al menos ollas con tapas y adquirir un vehículo adecuado para el traslado de los alimentos a los módulos. 

 

9) Mantener y mejorar el sistema de control de plagas.

 

También se mantuvieron los plazos establecidos para el cumplimiento de las obras y cambios de gestión en la sentencia de primera instancia: el Ministerio del Interior deberá presentar a la justicia su plan de reformas en un plazo de 60 días (será el 23 de julio) y de 120 días para iniciar su implementación (será el 23 de setiembre).

 

El Comisionado Parlamentario señaló sobre la resolución judicial: “Una vez más, el habeas corpus, usado en el marco de un enfoque dialogante, constructivo y asertivo de la tarea de promover los derechos humanos, permite dar un paso muy importante en un tema que es de público conocimiento desde hace años o décadas, la mala calidad de la alimentación en algunas cárceles, y en particular en buena parte del COMCAR, donde están casi uno de cada tres presos del país unas 5.000 personas. Pensando que este paso, que es resultado de un trabajo de nuestra Oficina y de la Escuela de Nutrición de la Universidad de la República, en diálogo con nuestras contrapartes, va a significar mejoras para el proceso de rehabilitación de unas cinco mil personas, podemos decir que es una muestra de que las transformaciones del sistema penitenciario son posibles todavía. Un paso institucional importante: antes de fin de año deben verse cambios en alimentación de las 5.000 personas que están en COMCAR”.

 

La sentencia del Tribunal también indicó: “La sentenciante de primera instancia hizo lugar a la totalidad de medidas solicitadas por el Comisionado Parlamentario, fijando un plazo para su cumplimiento más extenso que el peticionado. La Sala no desconoce la realidad carcelaria de nuestro país y la falta de presupuesto adecuado a sus necesidades, lo que determina el hacinamiento, la escasez de recursos humanos, de materiales y en lo que refiere a esta acción, la falta de insumos para un adecuado plan de alimentación. Pero no es admisible que esto llegue a una situación tal que signifique una violación de derechos fundamentales y una degradación de la dignidad humana, como en el caso de la gestión alimentaria de la Unidad 4. Por eso se revocará parcialmente la sentencia dictada, disponiendo las medidas que se entienden mínimas, necesarias y urgentes para mejorar la referida gestión”. 

 

Revocados entonces solamente algunos aspectos puntuales, sigue en pie la obligación de la Administración de presentar e implementar un plan de mejoras en la alimentación de la mayor cárcel del país.