Ficha Asunto
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Asunto: 18281
Origen: Cámara Representantes -
Amed Vergara, Angelita; Amorín, José; Falero, Ricardo; Mieres, Pablo; Mieres Visillac, José María; Posada, Iván
Análisis: Sustituyese los artículos 1º, 2º y 3º de la ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994. (art. 1)
El contralor administrativo del Fondo de Solidaridad será ejercido por el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Educación y Cultura. (art. 2)
Las becas servidas por el Fondo de Solidaridad están exoneradas de todo tipo de tributo nacionales. (art. 3)
El régimen de funcionamiento será el de la actividad privada especialmente en cuanto a sus estados contables, estatuto de su personal y contratos que celebre. (art. 4)
Los bienes son inenbargables (art. 5)
Fijase en 470.000UR el tope presupuestal asignado al funcionamiento del Fondo de Solidaridad (art. 6)
La racaudación excedente al tope fijado, será asignada en su totalidad a la Universidad de la República:
a)35% para los proyectos institucionales en el interior del país.
b)25% para mejora en la infraestructura no edilicia.
c)40% para la infraestructura edilicia. (art 7)
Facúltase al Poder Ejecutivo a establecer, por única vez, un régimen de facilidades de hasta 24 meses y a exonerar de multas y recargos, a los egresados que posean título profesional expedido o revalidado por la Universidad de la República o por el nivel terciario del Consejo de Educación Técnico-Profesional, que adeuden aportes correspondientes a años anteriores. (art. 8)
Derógase el artículo 4º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994 y el artículo 542 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. (art.9)
Título: FONDO SOLIDARIDAD UNIVERSITARIO. ORGANISMO PARAESTATAL. CARACTER. OTORGAMIENTO.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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06-11-2001 | CRR | 1714/2001 | FONDO SOLIDARIDAD UNIVERSITARIO. ORGANISMO PARAESTATAL. CARACTER. OTORGAMIENTO. |
07-12-2001 | CSS | 671/2001 | FONDO SOLIDARIDAD UNIVERSITARIO. ORGANISMO PARAESTATAL. CARACTER. OTORGAMIENTO.- |
Sanciones
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Trámite |
---|---|---|---|
05-12-2001 | CRR | 1714/2001 | C.RR. sanciona. |
26-12-2001 | CSS | 671/2001 | C.SS. sanciona. |
10-01-2002 | Poder Ejecutivo promulga. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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HACIENDA | CRR | 1714/2001 |
ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL | CSS | 671/2001 |
EDUCACIÓN Y CULTURA | CSS | 671/2001 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
---|---|---|---|
06-11-2001 | CRR | Ordinaria . Sesión:67 | Diario Nro.2989 - PDF - HTML - |
05-12-2001 | CRR | Ordinaria . Sesión:76 | Diario Nro.2998 - PDF - HTML - |
11-12-2001 | CSS | Extraordinaria . Sesión:62 | Diario Nro.144 - PDF - HTML - |
26-12-2001 | CSS | Extraordinaria . Sesión:68 | Diario Nro.150 - PDF - HTML - |
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
---|---|---|---|
CRR | 1714/2001 | 788/0 HTML PDF | FONDO DE SOLIDARIDAD. Se crea como persona jurídica de derecho público no estatal para financiar un sistema de becas para estudiantes de la Universidad de la República y del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico-Profesional. |
CRR | 1714/2001 | 788/1 HTML PDF | FONDO DE SOLIDARIDAD. Se crea como persona jurídica de derecho público no estatal para financiar un sistema de becas para estudiantes de la Universidad de la República y del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico-Profesional. Informe. |
CSS | 671/2001 | 368/0 PDF | FONDO DE SOLIDARIDAD. SE MODIFICA LA LEY Nº 16.524, DE 25 DE JULIO DE 1994, QUE CREO UN FONDO PARA FINANCIAR UN SISTEMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA Y DEL NIVEL TERCIARIO DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN TECNICO - PROFESIONAL |
Textos Aprobados
Fecha | Cuerpo | Título |
---|---|---|
05-12-2001 | CRR | FONDO SOLIDARIDAD UNIVERSITARIO. ORGANISMO PARAESTATAL. CARACTER. OTORGAMIENTO. |
26-12-2001 | CSS | FONDO SOLIDARIDAD UNIVERSITARIO. ORGANISMO PARAESTATAL. CARACTER. OTORGAMIENTO. |