Ficha Asunto
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Asunto: 19690
Origen: Poder Ejecutivo -
Análisis: Las instituciones gremiales que de conformidad con sus estatutos presten servicios de asistencia médica colectiva, quedarán sujetas respecto a estos servicios a la legislación sobre instituciones de asistencia médica colectiva. A dichas instituciones no les será aplicable la tipología prevista en el art. 6º del Decreto-Ley Nº 15.181, de 21 de agosto de 1981, ni en lo dispuesto en los arts. 9 y 19. No obstante en la estructura ortganizativa dichas instituciones deberán contemplar los principios de autoridad y competencia, así como aquellos que garanticen la debida oposición de intereses e imponen limitaciones a quienes ocupan cargos de dirección, tal como se impone a las IAMC. (art. 1)
Las cooperativas de profesionales definidas en el art. 6 del Decreto-Ley Nº 15.181, de 21 de agosto de 1981, quedarán sujetas en lo pertinente a las disposiciones del Decreto-Ley aludido y a sus disposiciones reglamentarias. (art. 2)
Título: INSTITUCIONES GREMIALES ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. FUNCIONAMIENTO. REGULACION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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28-05-2002 | CRR | 2198/2002 | INSTITUCIONES GREMIALES ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. FUNCIONAMIENTO. REGULACION. |
14-08-2002 | CSS | 879/2002 | INSTITUCIONES GREMIALES ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. FUNCIONAMIENTO. REGULACION. |
Sanciones
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Trámite |
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07-08-2002 | CRR | 2198/2002 | C.RR. sanciona. |
14-08-2002 | CSS | 879/2002 | C.SS. sanciona. |
22-08-2002 | Poder Ejecutivo promulga. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL | CRR | 2198/2002 |
SALUD PÚBLICA | CSS | 879/2002 |
Sesiones
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
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CRR | 2198/2002 | 980/0 HTML PDF | INSTITUCIONES GREMIALES QUE PRESTEN SERVICIOS DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. Se establece que no les son aplicables determinadas normas del Decreto Ley Nº 15.181. |
CRR | 2198/2002 | 980/1 HTML PDF | INSTITUCIONES GREMIALES QUE PRESTEN SERVICIOS DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. Se establece que no le son aplicables determinadas normas del Decreto-Ley Nº 15.181. Informe. |
Textos Aprobados
Fecha | Cuerpo | Título |
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07-08-2002 | CRR | INSTITUCIONES GREMIALES ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. FUNCIONAMIENTO. REGULACION |
14-08-2002 | CSS | INSTITUCIONES GREMIALES ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. FUNCIONAMIENTO. REGULACION |