Ficha Asunto
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Asunto: 80001
Origen: Cámara Senadores -
Araújo, José Germán; Capeche, Pío Eugenio; Cersósimo, Pedro W.; Cigliuti, Carlos W.; García Costa, Guillermo; Hierro Gambardella, Luis; Jude, Raumar; Mederos, Carminillo; Pozzolo, Luis Bernardo; Ricaldoni, Américo; Rodríguez Camusso, A. Francisco; Singer, Juan A.; Traversoni, Alfredo; Zorrilla, Juan J.; Zumarán, Alberto
Análisis: Se declaran autoridades legales de la Universidad de la República, las emanadas de procedimientos de elección y designación, con documentación depositada en Asociación de Escribanos del Uruguay. (art. 1)
Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, en ejercicio de sus atribuciones (apartado "I", art. 21, Ley 12.549 de 16/10/58) convocará a elecciones de todos los cargos electivos establecidos (Rector, Vice-Rector, Asamblea General del Claustro, Consejo Facultades, Decanos, Asambleas del Claustro de cada Facultad) dentro de los cinco meses de promulgada la presente. Por esta vez, se suspende lo dispuesto por arts. 11, 13, 15, 32 y 34, Ley 12.549 de 16/10/58; art. 56, apartado "C", 57 inciso final; y art. 64 de Ley 14.101 de 04/01/73. (art. 2)
Mientras se instalen Asambleas de Claustro (art. 2, presente ley) quedan suspendidas las disposiciones que perceptúan su asesoramiento como requisito para determinados actos de las autoridades universitarias, y su competencia para proveer el cargo de Decano será ejercida por el respectivo Consejo de Facultad. (art. 3)
Mientras no se instale la Asamblea General del Claustro (art. 2, presente ley), quedan suspendidas las disposiciones que perceptúan su asesoramiento como requisito para determinados actos de las autoridades universitarias, ysu competencia para proveer el cargo de Rector será ejercida por una asamblea integrada por todos los miembros de los Consejos de Facultades (art. 4).
Esta ley rige desde el 15/02/85. (art. 5)
Título: UNIVERSIDAD REPUBLICA. AUTORIDADES LEGALES. DECLARACION.
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Trámite |
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27-02-1985 | CSS | 49/1985 | Entrada a Cámara de Senadores. |
27-02-1985 | CSS | 49/1985 | Se da cuenta al Cuerpo. Tomo:287 Página:132 Diario:5 |
27-02-1985 | CSS | 49/1985 | Moción de urgencia. Tomo:287 Página:132 Diario:5 : Batalla Parentini, Hugo; Traversoni, Alfredo; Zumarán, Alberto Se vota afirmativamente que se declare grave y urgente su consideración (18 en 19).- |
27-02-1985 | CSS | 49/1985 | Antecedentes. Tomo:287 Página:132 Diario:5 |
27-02-1985 | CSS | 49/1985 | Texto proyecto inicial. Tomo:287 Página:132 Diario:5 |
27-02-1985 | CSS | 49/1985 | Discusión general. Tomo:287 Página:133 Diario:5 Se vota afirmativamente (20 en 21).- Intervenciones: Jude, Raumar Pag. ini:133 Pag. fin:133 Ortiz, Dardo Pag. ini:133 Pag. fin:133 Traversoni, Alfredo Pag. ini:133 Pag. fin:133 Zumarán, Alberto Pag. ini:133 Pag. fin:134 |
27-02-1985 | CSS | 49/1985 | Discusión particular. Tomo:287 Página:134 Diario:5 Se vota afirmativamente el artículo 1º (20 en 21).-
Se vota afirmativamente el artículo 2º (20 en 21).-
Se vota afirmativamente el artículo 3º, con las modificaciones propuestas por el Señor Senador Cersósimo (20 en 21).-
Se vota afirmativamente el artículo 4º, con las modificaciones propuestas por el Señor Senador Cersósimo (20 en 21).-
Se vota afirmativamente el artículo 5º (20 en 21).- Intervenciones: Cersósimo, Pedro W. Pag. ini:134 Pag. fin:134 |
27-02-1985 | CSS | 49/1985 | C.SS. sanciona. Tomo:287 Página:134 Diario:5 |
27-02-1985 | CSS | 49/1985 | Texto aprobado. Tomo:287 Página:134 Diario:5 |
28-02-1985 | CRR | 38/1985 | Entrada a Cámara de Representantes. |
28-02-1985 | CRR | 38/1985 | Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:616 Página:120 Diario:1796 CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN |
28-02-1985 | CRR | 38/1985 | Moción de urgencia. Tomo:616 Página:152 Diario:1796 Se vota afirmativamente la moción (92 en 92, unanimidad).- |
28-02-1985 | CRR | 38/1985 | Texto proyecto inicial. Tomo:616 Página:152 Diario:1796 |
28-02-1985 | CRR | 38/1985 | Discusión general. Tomo:616 Página:152 Diario:1796 Se vota afirmativamente (97 en 98).- Intervenciones: Cantón Spina, Mario Mateo Pag. ini:152 Pag. fin:152 Cantón Spina, Mario Mateo Pag. ini:153 Pag. fin:153 |
28-02-1985 | CRR | 38/1985 | Discusión particular. Tomo:616 Página:153 Diario:1796 Se vota afirmativamente art. 1º (95 en 96).
Se vota afirmativamente art. 2º (92 en 93).
Se vota afirmativamente art. 3º (92 en 93).
Se vota afirmativamente art. 4º (91 en 93).
Se vota afirmativamente art. 5º (92 en 93). Intervenciones: Cataldi Chabert, Washington Ariel Pag. ini:153 Pag. fin:153 Forteza, Francisco A. Pag. ini:153 Pag. fin:153 |
28-02-1985 | CRR | 38/1985 | Fundamento de voto de discusión particular. Tomo:616 Página:153 Diario:1796 Intervenciones: Rijo, Edison Pag. ini:153 Pag. fin:153 |
28-02-1985 | CRR | 38/1985 | C.RR. sanciona. Tomo:616 Página:153 Diario:1796 |
28-02-1985 | CRR | 38/1985 | Texto aprobado. Tomo:616 Página:152 Diario:1796 |
02-03-1985 | Poder Ejecutivo promulga. Ley Nro: 15736 Texto Original Texto Actualizado (IMPO) |