Ficha Asunto
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Asunto: 105864
Origen: Poder Ejecutivo -
Análisis: Artículo Único.- Modificase el artículo 13 de la Ley Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 13.- Créase la Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad, organismo que funcionará en la jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social y se integrará de la siguiente forma:
- Por el Ministro de Desarrollo Social que la presidirá, o un delegado de éste, que tendrá igual función.
- Un delegado del Ministerio de Salud Pública.
- Un delegado del Ministerio de Educación y Cultura.
- Un delegado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- Un delegado de la Facultad de Medicina.
- Un delegado del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública.
- Un delegado del Congreso de Intendentes.
- Un delegado de la Facultad de Odontología.
- Un delegado del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay.
- Un delegado del Banco de Previsión Social.
- Un delegado del Banco de Seguros del Estado.
- Un delegado de la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata.
- Un delegado de la Facultad de Ciencias Sociales.
- Un delegado de la Unidad Nacional de Seguridad Vial.
- Otros delegados por Facultades o áreas cuando así lo requiera la Comisión Honoraria.
- Un delegado de cada una de las asociaciones de segundo grado de personas con discapacidad, que posean personería jurídica vigente o en trámite. Dichas asociaciones deberán estar conformadas por personas con discapacidad a excepción de aquellas situaciones en que las personas no tengan la aptitud para ejercer la representación de sus intereses, donde en ese caso podrán ser integradas por familiares directos o curador respectivo.
Esta Comisión tendrá personería jurídica y domicilio legal en Montevideo y será renovada cada cinco años, correspondiendo la iniciación y término de dicho lapso con los del período constitucional de gobierno. Sin perjuicio de ello sus integrantes durarán en sus funciones hasta que tomen posesión los nuevos miembros".
Título: UNIDAD NACIONAL SEGURIDAD VIAL. DELEGADO PERMANENTE. COMISION NACIONAL HONORARIA DISCAPACIDAD
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
---|---|---|---|
03-12-2010 | A.G. | 2010 | UNIDAD NACIONAL SEGURIDAD VIAL. DELEGADO PERMANENTE. COMISION NACIONAL HONORARIA DISCAPACIDAD |
14-12-2010 | CRR | 538/2010 | COMISION DISCAPACIDAD (NACIONAL HONORARIA). INTEGRACION. MODIFICACION. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
---|---|---|
ESPECIAL: POBLACION Y DESARROLLO SOCIAL (C/111/10) | CRR | 538/2010 |
Sesiones
Repartidos
Carpetas y Asuntos Asociados
Cuerpo | Carpeta/Año | Asunto | Cuerpo | Carpeta/Año | Título |
---|---|---|---|---|---|
101603 | A.G. | 10/2010 | PROYECTOS DE LEY REMITIDOS POR EL PODER EJECUTIVO |