Ficha Asunto
Primary tabs
Asunto: 32804
Origen: Cámara Representantes -
Sanabria Barrios, Francisco
Análisis: Exonérase de todo tributo impositivo a través de devolución de certificados impositivos a materiales, conexiones de servicios públicos y de terrenos, que cumplan con la reglamentación del BPS referida a la autoconstrucción de vivienda popular con mano de obra benévola y a las instituciones culturales, de enseñanza, deportivas y templos de todas las religiones y cooperativas de vivienda comprendidas en las previsiones del artículo 134 de la Ley 12.802. (art. 1)
Créase una Comisión asesora entre el Ministerio de Vivienda, Desarrollo Social y Economía y Finanzas para articular un mecanismo de devoluciones de certificados impositivos del 100% de impuestos para la construcción de viviendas de carácter social e instituciones sociales. (art. 2)
Título: VIVIENDAS POPULARES, INSTITUCIONES CULTURALES, EDUCATIVAS, DEPORTIVAS Y RELIGIOSAS. IMPUESTOS. EXONERACION.
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Trámite |
---|---|---|---|
05-06-2007 | CRR | 1811/2007 | Entrada a Cámara de Representantes. |
05-06-2007 | CRR | 1811/2007 | Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:0 Página:9 Diario:3419 VIVIENDA Y TERRITORIO |
05-06-2007 | CRR | 1811/2007 | Texto proyecto inicial. Tomo:0 Página:16 Diario:3419 |
05-06-2007 | CRR | 1811/2007 | Recepción por parte de Div.Comisiones. |
05-06-2007 | CRR | 1811/2007 | Se distribuye repartido. Rep.968/0 HTML PDF REGIMEN DE DEVOLUCION DE IMPUESTOS. Se establece para los casos de autoconstrucción de vivienda popular con mano de obra benévola, así como para las construcciones efectuadas por instituciones culturales, de enseñanza y deportivas, templos de todas las religiones y cooperativas de viviendas. |
05-06-2007 | CRR | 1811/2007 | Div.Comisiones envía a la Comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO |
17-02-2010 | CRR | 1811/2007 | Div.Comisiones recibe de la Comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO |
17-02-2010 | CRR | 1811/2007 | Div.Comisiones remite a Trámite. |
22-02-2010 | CRR | 1811/2007 | Se eleva a la Div.Comisiones VIVIENDA Y TERRITORIO De acuerdo al artículo 147, inciso 1º, del Reglamento del Cuerpo se archiva |
02-03-2010 | CRR | 1811/2007 | Por artículo 147 del Reglamento de la Cámara de Representantes pasa a archivo. Tomo:0 Página:26 Diario:3630 |
17-03-2010 | CRR | 1811/2007 | Recepción por parte de Archivo. Folios: 6 |