Ficha Asunto

Asunto: 724
Origen: Cámara Representantes - Abelenda, Marcos; Alvarez, Guillermo; Arregui, Roque; Balbi, Pedro; Baráibar, Carlos; Barreiro, Raquel; Bayardi, José; Bolla Collazo, Luis Alberto; Canet, Brum; Charlone, Silvana; Chifflet, Guillermo; Coll Cunillera, Jorge J.; Fontes Volpi, Luis R.; Gallo Imperiale, Luis José; Gamou, Carlos; Ibarra, Doreen Javier; Legnani, Ramón; Mahía, José Carlos; Matos Pugliese, Julio C.; Mujica, José; Nicolini, Leonardo; Obispo, Ruben; Orrico, Jorge; Palacio Cora, Claudia; Pérez Brito, Darío; Pintado, Enrique; Pita, Carlos; Rubio, Enrique; Semproni, Víctor; Tourné, Daisy
Análisis: Se prohibe la introducción al país de aquellos que constituyan un riesgo para la salud humana o para el medio ambiente. Por desechos peligrosos se entiende aquellos desechos cualquiera sea su orígen, que por sus características físicas, químicas, biológicas o radiactivas, constituyan un riesgo para la salud humana o el medio ambiente. Sin perjuicio de otras categorías que puedan preverse en la legislación nacional, se incluyen, entre los desechos definidos en el párrafo anterior, además de los radiactivos, los comprendidos en las categorías enumeradas en el Anexo I del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, adoptado en Basilea (Suiza) el 22 de marzo de 1989, a menos que no tengan ninguna de las características descritas en el Anexo III de mismo Convenio. El Poder Ejecutivo sólo podrá autorizar, en casos determinados, la introducción o tránsito de desechos destinados a operaciones de recuperación, reciclado, o reutilización de recursos dentro de las condiciones adecuadas que aseguren la protección de la salud humana o del medio ambiente. Tratándose de desechos radiactivos, la autorización podrá ser otorgada previa aprobación por el Poder Legislativo por dos tercios de componentes de cada Cámara .
Título: DESECHOS TOXICOS. INGRESO PAIS. PROHIBICION.
 
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Trámite
07-03-1995 CRR 28/1995 Entrada a Cámara de Representantes.
07-03-1995 CRR 28/1995 Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:696 Página:41 Diario:2471         VIVIENDA Y TERRITORIO
07-03-1995 CRR 28/1995 Texto proyecto inicial. Tomo:696 Página:63 Diario:2471        
08-03-1995 CRR 28/1995 Recepción por parte de Div.Comisiones.
08-03-1995 CRR 28/1995 Se distribuye repartido. Rep.3/0  DESECHOS DE CARACTERISTICAS FISICAS, QUIMICAS, BIOLOGICAS O RADIACTIVAS. Se prohíbe la introducción al país de aquellos que constituyan un riesgo para la salud humana o para el medio ambiente.
08-03-1995 CRR 28/1995 Div.Comisiones envía a la Comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO
05-07-1995 CRR 28/1995 Tratamiento en comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 12.
02-08-1995 CRR 28/1995 Tratamiento en comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 14.
Sobre el tema habrá de informar a la Comisión el Director de la DINAMA, Lic. Carlos Serrentino.
10-08-1995 CRR 28/1995 Tratamiento en comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 16.
Se prohibe la introducción al país de aquéllos que constituyan un riesgo para la salud humana o para el medio ambiente.
06-09-1995 CRR 28/1995 Se da cuenta en comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 17.
11-10-1995 CRR 28/1995 Tratamiento en comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 25.
Se prohibe la introducción al país de aquellos que constituyan un riesgo para la salud humana o para el medio ambiente.
08-11-1995 CRR 28/1995 Tratamiento en comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 28.
Director Nacional de Tecnología Nuclear, Cnel. (R) Walter Cibils y Subdirector doctor Diego Pérez Piñeyrúa. Director de la Administración Nacional de Puertos, doctor Pablo Abdala y asesora doctora Isabel Busca. Director Nacional de Zonas Francas economista Claudio Billig y asesora doctra Graciela Mesa. Las autoridades invitadas y consultadas, exponen sus puntos de vista.
05-06-1996 CRR 28/1995 Tratamiento en comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 38.
10-07-1996 CRR 28/1995 Tratamiento en comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 41.
24-07-1996 CRR 28/1995 Tratamiento en comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 44.
Se analiza el articulado y el señor Representante Díaz Maynard brinda opinión sobre el artículo 9 del proyecto.
07-08-1996 CRR 28/1995 Tratamiento en comisión. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 45.
Se prohibe la introducción al país de aquellos que constituyen un riesgo para la salud humana o para el medio ambiente.
13-11-1996 CRR 28/1995 Comisión posterga su tratamiento. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 55.
11-06-1997 CRR 28/1995 Comisión posterga su tratamiento. VIVIENDA Y TERRITORIO Nro. de Acta: 70.
03-07-1997 CRR 28/1995 Div.Comisiones recibe anexada a carpeta. Se anexa a la C/1413/96.
26-11-1997 CRR 28/1995 Div.Comisiones recibe anexada a carpeta. Se anexa a C/1413/96.
26-11-1997 CRR 28/1995 Se anexa carpeta. - Se anexa a C.1413/996
10-02-2000 CRR 28/1995 Recepción por parte de Archivo. Folios: 11