Ficha Asunto
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Asunto: 80954
Origen: Cámara Representantes -
Cerchiaro San Juan, José Antonio; García Rijo, Washington; Pereira Pabén, Ramón; Rodríguez González, Yamandú; Viera Duarte, Tabaré
Análisis: - Artículo 1- Declárese que la expresión "asignaciones familiares correspondientes al cargo" que se establece em los numerales 1 y 2 del artículo 18 de la Ley 15.783, de 28 de noviembre de 1985, se refiere a todas las retribuciones percibidas que estuvieren sujetas al descuento de montepíos.
En el caso que a la fecha de promulgación de la presente ley, los cargos de que eran titulares, tuvieren opción a las cuarenta horas semanales de labor, de computará el porcentaje que pudiera corresponder.
- Artículo 2- Establécese un plazo de opción a aquellos jubilados que reingresaron a la actividad por serle esto más conveniente, y para solicitar el amparo a la reforma de cédula, de treinta días hábiles a partir de la promulgación de la presente ley.
Título: DESTITUIDO ADMINISTRACION PUBLICA. JUBILACION O REFORMA CEDULA. SUELDO JUBILATORIO. ASIGNACIONES COMPUTABLES CORRESPONDIENTES CARGO. INTERPRETACION.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
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06-05-1986 | CRR | 1127/1986 | DESTITUIDO ADMINISTRACION PUBLICA. JUBILACION O REFORMA CEDULA. SUELDO JUBILATORIO. ASIGNACIONES COMPUTABLES CORRESPONDIENTES CARGO. INTERPRETACION. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
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CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN | CRR | 1127/1986 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
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06-05-1986 | CRR | Ordinaria . Sesión:10 | Diario Nro.1874 |
19-05-1992 | CRR | Extraordinaria . Sesión:13 | Diario Nro.2264 |
Distribuidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Distribuido | Texto |
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CRR | 1127/1986 | 10479/0 |