Ficha Asunto
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Asunto: 80958
Origen: Cámara Representantes -
Cerchiaro San Juan, José Antonio
Análisis: Artículo 1- Declárase obligatoria la afiliación de todos los trabajadores no dependientes al Banco Previsión Social a todos sus efectos.
Artículo 2- Los trabajadores no dependientes al registrar su afiliación quedarán de hecho y de derecho sujetos al pago regular de su aporte mensual por concepto de montepíos y reintegros cuando correspondiere.
Artículo 3- El aporte mensual por concepto de montepío será equivalente al 10% (diez por ciento) del Salario Mínimo Nacional y su variación se operará en función de la movilidad de ese Salario Mínimo Nacional.
Artículo 4- Las deudas pendientes por concepto de reintegros en cada caso se amortizarán con un descuento adicional del 2% (dos por ciento) del Salario Mínimo Naconal.
Artículo 5- A los efectos de las deudas de reintegros se tomarán en cuenta los distintos montos de los Salarios Mínimos Nacionales que hayan estado vigentes a la fecha de prestación de los servicios a reconocer.
Artículo 6- A los efectos de la afiliación de los trabajadores no dependientes de establece un plazo improrrogable de noventa días a partir de la fecha de la promulgación de la presente ley, vencido el cual, quienes no hubieran cumplido con su afiliación no podrán deducir derechos jubilatorios ni pensionarios.
Artículo 7- Deróganse todas las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo que se establece en el presente proyecto de ley.
Título: TRABAJADOR INDEPENDIENTE. AFILIACION BPS. OBLIGATORIEDAD.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
---|---|---|---|
06-05-1986 | CRR | 1135/1986 | TRABAJADOR INDEPENDIENTE. AFILIACION BPS. OBLIGATORIEDAD. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
---|---|---|
PREVISION SOCIAL | CRR | 1135/1986 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
---|---|---|---|
06-05-1986 | CRR | Ordinaria . Sesión:10 | Diario Nro.1874 |
Distribuidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Distribuido | Texto |
---|---|---|---|
CRR | 1135/1986 | 10478/0 |
Carpetas y Asuntos Asociados
Cuerpo | Carpeta/Año | Asunto | Cuerpo | Carpeta/Año | Título |
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80121 | CRR | 55/1985 | TRABAJADOR NO DEPENDIENTE. PASIVIDAD. REGIMEN. |
Trámite Parlamentario
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Trámite |
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06-05-1986 | CRR | 1135/1986 | Entrada a Cámara de Representantes. |
06-05-1986 | CRR | 1135/1986 | Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:623 Página:6 Diario:1874 PREVISION SOCIAL |
06-05-1986 | CRR | 1135/1986 | Texto proyecto inicial. Tomo:623 Página:24 Diario:1874 |
06-05-1986 | CRR | 1135/1986 | Se distribuye repartido de comisión. Dist.10478/0 |
06-10-1986 | CRR | 1135/1986 | Div.Comisiones eleva. Anexada a la carpeta 55/85. |
06-10-1986 | CRR | 1135/1986 | Se anexa carpeta. Se anexa a la carpeta 55/85.- |
15-04-1988 | CRR | 1135/1986 | Recepción por parte de Archivo. Folios: 6 |