Ficha Asunto
Primary tabs
Asunto: 81605
Origen: Cámara Representantes -
Ayala Pereira, Juan Carlos; Borges Abemorad, Thelman; Chifflet, Guillermo; Díaz Maynard, Daniel; Ferrizo Ferreyra, Luis Alberto; Martorell Librán, Abayubá
Análisis: - Quedan excluidas de los beneficios de la presente ley las personas comprendidas en la Ley Nº 15.783, de 20 de noviembre de 1985, de reincorporación de destituidos.
(a.6)
- Tampoco estarán comprendidas las personas que hallan trabajado en paísescon los cuales el Estado uruguayo tiene acuerdos de reconocimiento recíproco de beneficios jubilatorios, o quienes perciban desde el exterior ingresos por pasividad superiores a 4 Salarios Mínimos Nacionales.
(a.7)
- Todas las personas amnistiadas por la Ley Nº 15.737, de 8 de marzo de 1985, quedarán amparadas en los beneficios de esta ley.
(a.1)
- A los efectos jubilatorios, pensionarios o de reforma de cédula jubilatoria, se computarán como efectivamente trabajado el tiempo que medie entre la detención y la recuperación de la libertad, o entre su salida y el regreso al país.
(a.2)
- Las obligaciones generadas con los organismos de seguridad social se cancelarán mediante un régimen ficto de reintegros, consistente en el 20% de la asignación mensual de pasividad, por un período igual a aquel en que se presten tales servicios.
(a.5)
Título: PERSEGUIDOS POLITICOS REGIMEN DE FACTO. COMPUTO SERVICIOS FINES JUBILATORIOS. REGIMEN.
Entradas
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Entrada |
---|---|---|---|
08-04-1992 | CRR | 1895/1992 | PERSEGUIDOS POLITICOS REGIMEN DE FACTO. COMPUTO SERVICIOS FINES JUBILATORIOS. REGIMEN. |
Comisiones
Comisión | Cuerpo | Carpeta/Año |
---|---|---|
SEGURIDAD SOCIAL | CRR | 1895/1992 |
Sesiones
Fecha | Cuerpo | Sesión | Diario Sesión |
---|---|---|---|
08-04-1992 | CRR | Ordinaria . Sesión:8 | Diario Nro.2259 |
07-03-1995 | CRR | Ordinaria . Sesión:2 | Diario Nro.2471 |
Repartidos
Cuerpo | Carpeta/Año | Repartido | Texto |
---|---|---|---|
CRR | 1895/1992 | 522/0 | PERSONAS DETENIDAS O EXILIADAS DURANTE EL REGIMEN DE FACTO. Se establece determinado régimen de cómputo de servicios a los efectos jubilatorios. |
Trámite Parlamentario
Fecha | Cuerpo | Carpeta/Año | Trámite |
---|---|---|---|
08-04-1992 | CRR | 1895/1992 | Entrada a Cámara de Representantes. |
08-04-1992 | CRR | 1895/1992 | Se da cuenta al Cuerpo y pasa a comisión. Tomo:667 Página:292 Diario:2259 SEGURIDAD SOCIAL |
08-04-1992 | CRR | 1895/1992 | Se distribuye repartido. Rep.522/0 PERSONAS DETENIDAS O EXILIADAS DURANTE EL REGIMEN DE FACTO. Se establece determinado régimen de cómputo de servicios a los efectos jubilatorios. |
10-04-1992 | CRR | 1895/1992 | Recepción por parte de Div.Comisiones. |
10-04-1992 | CRR | 1895/1992 | Div.Comisiones envía a la Comisión. SEGURIDAD SOCIAL |
20-04-1994 | CRR | 1895/1992 | Tratamiento en comisión. SEGURIDAD SOCIAL Nro. de Acta: 191. Se establece determinado régimen de cómputo de servicios a los efectos jubilatorios. |
13-07-1994 | CRR | 1895/1992 | Tratamiento en comisión. SEGURIDAD SOCIAL Nro. de Acta: 203. |
13-02-1995 | CRR | 1895/1992 | Div.Comisiones recibe de la Comisión. SEGURIDAD SOCIAL |
13-02-1995 | CRR | 1895/1992 | Div.Comisiones remite a Trámite. |
07-03-1995 | CRR | 1895/1992 | Por artículo 147 del Reglamento de la Cámara de Representantes pasa a archivo. Tomo:696 Página:44 Diario:2471 |
08-03-1995 | CRR | 1895/1992 | Recepción por parte de Archivo. Folios: 8 |