Ficha Asunto

Asunto: 97713
Origen: Poder Ejecutivo -
Análisis: Quedan comprendidos en el régimen de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias los bancos públicos y privados y todas las demás empresas de intermediación financiera autorizadas por el Poder Ejecutivo, el Banco de Seguros del Estado; las compañías de seguros; la Bolsa de Comercio; las entidades gremiales de patronos, trabajadores, jubilados y pensionistas de la actividad financiera con personalidad jurídica; y las empresas que sean propiedad de entidades afiliadas al Instituto y que desarrollen actividades que integran la unidad técnico-económica de las mismas. (art.1) Personas comprendidas en el régimen legal de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias. (art.2) Del personal que a la fecha de vigencia de esta ley se desempeñe en alguna de las empresas, instituciones o entidades que por aplicación del artículo 1º se incorporan al régimen de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias. (art.4) Se faculta al Consejo Honorario de la Caja a Fijar por unanimidad de sus miembros las tasas de contribución patronal y personal al Instituto, de acuerdo a la situación económico-financiera del mismo y en cuanto no excedan los máximos legales vigentes. (art.5) Los importes máximos iniciales de las asignaciones de jubilación, que se otorguen con arreglo al llamado Acto Institucional Nº9, de 23 de octubre de 1979, se establecerán con carácter general por el Consejo Honorario por cinco votos. El mismo podrá aumentar o disminuir los topes referidos. (art.7) De los afiliados cesantes. (art.8) El período de afiliación voluntaria se asimilará a la situación de actividad, incluso para generar jubilación o pensión. (art.9) Elección de representantes en el Organo Administrador del Instituto. (art.10) Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente ley. (art.12)
Título: CAJA BANCARIA. CARTA ORGANICA. MODIFICACION.
 
Entradas
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Entrada
27-05-1994 CSS 1477/1994 CAJA JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS. ESTRUCTURA, FUNCIONAMIENTO Y BENEFICIOS. DISPOSICIONES. MODIFICACION.-
12-07-1994 CRR 3393/1994 CAJA BANCARIA. CARTA ORGANICA. MODIFICACION.
Sanciones
Fecha Cuerpo Carpeta/Año Trámite
06-07-1994 CSS 1477/1994 C.SS. sanciona.
03-08-1994 CRR 3393/1994 C.RR. sanciona.
21-08-1994 Poder Ejecutivo promulga.
Comisiones
Comisión Cuerpo Carpeta/Año
SEGURIDAD SOCIAL CRR 3393/1994
ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL CSS 1477/1994
Sesiones
Fecha Cuerpo Sesión Diario Sesión
31-05-1994 CSS Extraordinaria . Sesión:15 Diario Nro.320 - PDF - HTML -
12-07-1994 CRR Ordinaria . Sesión:32 Diario Nro.2440
06-07-1994 CSS Ordinaria . Sesión:25 Diario Nro.330 - PDF - HTML -
02-08-1994 CRR Ordinaria . Sesión:35 Diario Nro.2443
03-08-1994 CRR Ordinaria . Sesión:37 Diario Nro.2445
Distribuidos
Cuerpo Carpeta/Año Distribuido Texto
CSS 1477/1994 2838/0 PDF Mensaje y Proyecto de ley del Poder Ejecutivo.-
Repartidos
Cuerpo Carpeta/Año Repartido Texto
CSS 1477/1994 835/0  PDF CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS. SE MODIFICAN DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ESTRUCTURA, FUNCIONAMIENTO Y BENEFICIOS QUE OTORGA LA CITADA INSTITUCIÓN.
CRR 3393/1994 1248/0 CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS. Se modifican disposiciones relativas a su estructura, funcionamiento y beneficios.
CRR 3393/1994 1248/1 CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS. Se modifican disposiciones relativas a su estructura, funcionamiento y beneficios. Informe.
Textos Aprobados
Fecha Cuerpo Título
06-07-1994 CSS CAJA BANCARIA. CARTA ORGANICA. MODIFICACION.
03-08-1994 CRR CAJA BANCARIA. CARTA ORGANICA. MODIFICACION.
Ley
Ley Texto Original Texto Actualizado
16565 Texto IMPO